¿Qué es el Régimen de Ayudas Minimis y qué ha cambiado en 2024?
El régimen de minimis es un concepto esencial en el ámbito de las subvenciones y ayudas a las empresas dentro de la Unión Europea. Su objetivo es garantizar que las ayudas públicas otorgadas a las empresas no distorsionen la competencia ni afecten negativamente al comercio entre los Estados miembros. Con la reciente modificación del REGLAMENTO (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, se han introducido cambios importantes en la aplicación. En este artículo, exploraremos qué son las ayudas Minimis, cómo se aplican y qué implicaciones tienen para las empresas que buscan obtener subvenciones bajo las nuevas reglas, en vigor a partir del 01/01/2024 hasta 31/12/2030.
¿Qué es el Régimen de Minimis o Subvenciones Minimis?
El término «minimis» proviene del latín «de minimis non curat lex», que significa «la ley no se ocupa de las cosas pequeñas». En el contexto de la Unión Europea, el régimen de minimis se refiere a un umbral por debajo del cual las ayudas públicas se consideran tan pequeñas que no tienen un impacto significativo en la competencia y el comercio. Las ayudas dentro de este umbral no están sujetas a las rigurosas reglas de control de ayudas estatales de la Comisión Europea.
Con la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2023/2831, se han actualizado los límites y condiciones del régimen de minimis subvenciones. A partir de 2024, una empresa puede recibir hasta 300.000 euros en ayudas de minimis durante un periodo de tres años fiscales, el presente y los dos anteriores (hasta 2024 el límite general eran 200.000 €) Para las empresas del sector del transporte por carretera, este límite se ha incrementado a 150.000 euros. Este límite acumulativo incluye todas las ayudas recibidas por la empresa bajo cualquier programa de ayudas minimis, independientemente de la fuente de la ayuda.
Aplicación del Régimen de Minimis Subvenciones
Para que una ayuda de minimis sea considerada bajo el régimen de minimis según el nuevo reglamento, debe cumplir con ciertos criterios:
1. Monto de la Ayuda: La ayuda total otorgada a una empresa no debe exceder los 300.000 euros en un periodo de tres años fiscales (150.000 euros para el sector del transporte por carretera).
2. Tipo de Ayuda: La ayuda puede tomar diversas formas, incluyendo subvenciones directas, exenciones fiscales, préstamos con condiciones preferenciales, garantías de préstamos, etc.
3. Transparencia: La ayuda debe ser transparente, es decir, ayudas cuyo equivalente de subvención bruta sea calcular de manera precisa y de antemano el valor de la ayuda sin necesidad de efectuar una evaluación del riesgo.
4. Registro y Control: Las autoridades nacionales deben llevar un registro de todas las ayudas minimis otorgadas y asegurarse de que el límite no se exceda. Las empresas deben informar sobre las ayudas de minimis recibidas al solicitar nuevas ayudas.
Implicaciones para las Empresas
Para las empresas, acogerse al régimen de minimis subvenciones actualizado ofrece varias ventajas:
· Simplicidad Administrativa: Las ayudas de minimis no requieren la notificación previa a la Comisión Europea ni están sujetas a una evaluación exhaustiva de sus efectos en la competencia.
· Facilidad de Acceso: Las empresas pueden acceder a estas ayudas de manera más rápida y con menos trámites burocráticos.
· Flexibilidad: Pueden combinarse diferentes tipos de ayudas de minimis siempre que no se supere el umbral de 300.000 euros (o 150.000 euros para el transporte por carretera).
Sin embargo, también hay consideraciones importantes a tener en cuenta:
· Límite Acumulativo: Las empresas deben llevar un control preciso de las ayudas recibidas para no exceder el umbral permitido, lo que podría implicar la devolución de ayudas excedentes.
· Transparencia: Es crucial mantener una comunicación clara y transparente con las autoridades para asegurar el cumplimiento de las normativas.
¿Cómo se calcula?
El cálculo de las ayudas de minimis es esencial para asegurarse de no superar los límites establecidos y cumplir con las normativas de la Unión Europea. A continuación, se detalla cómo se deben calcular estas ayudas:
Identificación del Valor Bruto de la Ayuda
El valor de la ayuda minimis debe considerarse en términos de «equivalente de subvención bruto» (ESB). Esto significa que todas las ayudas se deben calcular en su valor bruto, antes de impuestos u otras deducciones. La ayuda puede tomar diversas formas, incluyendo:
· Subvenciones Directas: El valor es el importe total de la subvención otorgada.
· Exenciones o Reducciones Fiscales: El valor es el ahorro fiscal obtenido por la empresa.
· Préstamos con Condiciones Preferenciales: El valor es la diferencia entre el interés del préstamo otorgado y el interés del mercado.
· Garantías de Préstamos: El valor es la diferencia entre el valor de mercado de la garantía y el valor de la garantía otorgada.
Para determinadas ayudas que no son un importe concreto en € de ayuda determinadas, si no que se trata de prestamos bonificados, por ejemplo, hay que calcular la SUBVENCIÓN BRUTA EQUIVALENTE lo cual sería el importe de ayuda/ventaja obtenida al recibir un
préstamo a un interés por debajo del interés del mercado, antes de cualquier deducción fiscal u otras cargas.
Para convertir una ayuda en su ESB, es necesario tener en cuenta varios factores como el tipo de ayuda (subvención directa, préstamo, garantía, etc.), su duración y las condiciones asociadas a su concesión. Existe determinadas formulas especificas de conversión marcadas por la Comisión Europea para asegurar la homogeneidad del cálculo.
Normalmente el propio organismo concedente informa a la empresa beneficiaria del calculo de la ESB obtenido para esa ayuda, y sobre ello es sobre lo que aplica el régimen de minimis.
¿Qué se entiende por ``Única Empresa`` en el Régimen de Minimis?
En el contexto de las ayudas minimis, el límite a aplicar de 300.0000 € en 3 años, no es por NIF del solicitante si no por lo denominado EMPRESA UNICA.
Según la normativa de la UE, se considera “única empresa” a todas las entidades que mantengan ciertos vínculos entre sí, de manera que actúan como una unidad económica, por lo tanto se calcula teniendo en cuenta los minimis del conjunto de empresas asociadas y vinculadas a tener cuenta, según participaciones comunes en el capital social y órganos de gobierno de cada una.
Por ejemplo: si una empresa solicitante tiene un socio Persona jurídica que posee mas del 25% es una empresa asociada y si tiene mas del 50% es una empresa vinculadas, o si varias empresas están bajo el mismo control de accionistas o grupo de accionistas (representantes legales/administradores), se computa también dentro del calculo de EMPRESA UNICA. (este método de calculo tiene por objetivo que no se dividan las empresas en pequeñas subempresas con el objetivo de ampliar el acceso a las ayudas de minimis, y perjudicar asi al mercado.
¿Quién no puede beneficiarse de las Ayudas Minimis?
El régimen de subvenciones minimis está diseñado para proporcionar ayudas de pequeña magnitud a las empresas sin afectar significativamente la competencia y el comercio dentro de la Unión Europea. Sin embargo, existen ciertas restricciones y exclusiones específicas que determinan quiénes no pueden beneficiarse de estas ayudas. A continuación, se detallan las principales categorías de entidades excluidas del régimen de minimis según el Reglamento (UE) 2023/2831 y la normativa vigente:
1. Empresas en Crisis
Las empresas que se encuentran en una situación de crisis financiera no pueden recibir ayudas de minimis. Según la definición de la Comisión Europea, una empresa en crisis es aquella que cumple con uno o más de los siguientes criterios:
· Ha perdido más del 50% de su capital social como resultado de pérdidas acumuladas.
· Es objeto de un procedimiento de insolvencia o cumple con los criterios para estarlo.
· Ha recibido ayudas para el rescate o la reestructuración y todavía está sujeta a un plan de reestructuración.
2. Sectores Excluidos
Ciertos sectores están específicamente excluidos de recibir subvenciones de minimis debido a la naturaleza de sus operaciones o al impacto que podrían tener en la competencia. Estos sectores incluyen:
· Pesca y Acuicultura: Las ayudas concedidas al sector de la pesca y la acuicultura están reguladas por un régimen específico distinto del de minimis.
· Producción Primaria de Productos Agrícolas: Las ayudas a la producción primaria de productos agrícolas están sujetas a normas especiales y no pueden beneficiarse del régimen de minimis general.
· Transformación y Comercialización de Productos Agrícolas: Las ayudas a la transformación y comercialización de productos agrícolas están excluidas en ciertos casos, especialmente si están condicionadas a la concesión a productores primarios.
3. Ayudas Condicionadas a Exportaciones
Las ayudas de minimis no pueden utilizarse para financiar actividades relacionadas con las exportaciones a terceros países o Estados miembros, concretamente las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, la creación y el funcionamiento de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad de exportación.
4. Preferencia Nacional
Las ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados también están excluidas del régimen de minimis. Este tipo de ayudas podría distorsionar la competencia y el comercio entre los Estados miembros.
5. Sector del Transporte de Mercancías por Carretera
Las empresas que operan en el sector del transporte de mercancías por carretera para terceros tienen un umbral más bajo de ayudas de minimis (150.000 euros en un periodo de tres años fiscales). No pueden superar este límite específico.
Compatibilidad de las Ayudas Minimis
Las diversas ayudas publicas existentes pueden combinarse con las ayudas de minimis establecidas en los reglamentos de servicios de interés económico general (SIEG), y tambien con las ayudas de minimis del sector agrícola y las de la pesca y acuicultura, siempre que se respeten los límites y condiciones establecidos por la normativa de cada convocatoria.
Las ayudas de minimis se consideran otorgadas en el momento de la resolución de concesión independientemente de cuándo se realice el pago efectivo.
¿Qué es el Certificado de Minimis ICO?
El Certificado de Minimis ICO es un documento que emite el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en España, el cual certifica que una empresa ha recibido una ayuda de minimis y detalla la cantidad recibida. Este certificado es esencial para cumplir con la normativa europea que regula las ayudas de minimis, asegurando que no se excedan los límites establecidos.
Características del Certificado de Minimis ICO
El certificado minimis ICO tiene como principal objetivo asegurar la transparencia y el control en la concesión de ayudas de minimis. Permite a las autoridades y a las empresas verificar que no se superan los límites de 300.000 euros en un periodo de tres años fiscales (o 150.000 euros en el caso de empresas del sector del transporte por carretera).
Contenido del Certificado minimis ICO:
Datos del Beneficiario: Información sobre la empresa o entidad que ha recibido la ayuda, incluyendo su nombre, número de identificación fiscal (NIF), y otros datos relevantes.
Detalles de la Ayuda: Cuantía de la ayuda recibida, fecha de concesión, y cualquier otra condición o característica específica de la ayuda.
Acumulación de Ayudas: Información sobre otras ayudas de minimis que la empresa ha recibido en los tres años fiscales anteriores, para asegurar que la suma total no exceda los límites permitidos.
Conclusión
El régimen de minimis actualizado bajo el Reglamento (UE) 2023/2831 es una herramienta valiosa para apoyar a las empresas sin generar distorsiones significativas en el mercado. Las empresas deben estar bien informadas sobre los límites y requisitos de este régimen para maximizar los beneficios de las ayudas disponibles y asegurar su cumplimiento. En PROX CONSULTORES, estamos comprometidos a ayudar a las empresas a navegar por el complejo panorama de las subvenciones y a aprovechar al máximo las oportunidades de financiación disponibles.
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