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Tipo de apoyo

Apoyar la puesta en marcha de proyectos de infraestructuras locales de uso compartido que tengan como finalidad el desarrollo del entorno de las empresas y los consumidores, y la modernización y desarrollo de la base industrial, a fin de mejorar su competitividad.

 

No serán subvencionables los proyectos de desarrollo de infraestructuras de inves­tigación, de agrupaciones empresariales innovadoras, sistemas urbanos de calefacción y refrigeración energéticamente eficientes, infraestructuras de energía, reciclado y reutiliza­ción de residuos, infraestructuras de banda ancha, cultura y conservación del patrimonio, infraestructuras deportivas y recreativas multifuncionales, aeropuertos y puertos.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES = inversiones en activos fijos (< 20 M€), en::

  1. Obra civil: acondicionamiento y urbanización, oficinas, laboratorios, servicios sociales…
  2. Adquisición de terrenos, edificaciones o construcciones por un importe que no exceda del 10 % de la inversión total subvencionable.
  3. Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipo.
  4. Otras inversiones en activos fijos materiales, incluyendo mobiliario.
  5. Activos intangibles relacionados directamente con el proceso productivo o prestación de servicios.
  6. Los costes de reformas de instalaciones llevadas a cabo en bienes inmuebles arrendados (vigencia mín. de 5 años a contar desde la fecha de puesta en marcha de la infraestructura).

 

PLAZO DE EJECUCIÓN: hasta 30 de Abril de 2022

ANTICIPOS = hasta el 80% (el 1º no superará el 20%).  Plazo sol= hasta el 15/Oct de cada año para los gastos de las anualidades 2020 y 2021 y hasta el 15 /03/22 para los gastos de la anualidad 2022


Cuantía de la ayuda

Ayuda = inversiones subvencionables –  Bº Explot. a lo largo del período de explotación del negocio.

 

MÁX. 10.000.000 €/PROYECTO

(VER CALCULO BASES)

 

 

 

Bº Explot = Ingresos actualizados – los costes de explotación actualizados mientras dure la inversión de que se trate. (tasa dto =  4 %)


Beneficiario

Las pequeñas y medianas empresas (pymes), que adopten la forma jurídica de sociedad limitada o sociedad anónima y se constituyan específicamente para la explotación de la infraestructura propuesta, sin posibilidad de ejecutar actividades no relacionadas con la misma.

 

Requisitos:

  1. Que proyecten llevar a cabo una inversión en una infraestructura subvencionable.
  2. Que aporten para el proyecto de infraestructura una contribución financiera exenta de cualquier tipo de apoyo público de por lo menos un 20 % de las inversiones subvencionables, sea mediante recursos propios o mediante financiación externa.
  3. Que cuenten con un mínimo de tres socios y que por lo menos tres socios tengan una participación superior o igual al 10 %. Si alguno de los socios empresariales no es una pyme, su participación deberá ser inferior al 25%.

 

No beneficiarias:

  1. Las empresas pertenecientes al sector de la pesca y la acuicultura.

Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación de ayudas, consecuencia de una decisión de la Comisión Europea.


Plazo de solicitud

09/03/2020

En concurrencia competitiva

(Mínimo 40 puntos)



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