Ayuda Creación empresas Vigo 2023

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Tipo de apoyo

Ayudas económicas para subvencionar los gastos de puesta en marcha y funcionamiento a las empresas de nueva creación del AYUNTAMIENTO DE VIGO (alta en IAE entre 01/04/2022 y 28/02/2023):

  1. Gastos de constitución y apertura: Honorarios y gastos de proyectos técnicos, Honorarios del Registro Mercantil, Honorarios de notarías).
  2. Existencias iniciales de mercancías: primeras compras de mercancías, materias primas y de otros consumibles utilizados en el proceso de producción o servicio, así como la suscripción a revistas y libros profesionales.
  3. Gastos de alquiler siempre que el elemento alquilado sea imprescindible para la realización de la actividad: Inmuebles y locales, Vehículo industrial, Aplicaciones, equipos informáticos y otros equipos audiovisuales. (se requerirá contrato alquiler).
  4. Primas de seguros directamente relacionados con la actividad empresarial (seguro del local, RC, y cualquier otro afín y como máximo, de 1 vehículo, sólo en caso de que sea imprescindible para la actividad).
  5. Gastos de la actividad: Hosting y servicios web, Papelería y material de oficina, Asesoría, Formación y cursos recibidos (siempre que sea imprescindible para la actividad), Gastos de difusión de la actividad empresarial.
  6. Derechos de propiedad industrial: Patentes, Modelos de utilidad, Deseño industrial, Marcas de productos o servicios, Nombres comerciales, Dominio en Internet.

 

Se subvencionarán los gastos de los 3 meses anteriores y a los 4 posteriores al inicio de actividad. Excepto: Los gastos de constitución y apertura podrán corresponder al período comprendido desde los 6 meses antes del inicio de la actividad hasta la fecha límite de presentación de las solicitudes (21/07/2023).


Cuantía de la ayuda

50% de los gastos iniciales (Máx 3.000€)

Si la cuantía de los gastos es inferior a la cuantía max. de ayuda de 3.000 € se podrá incrementar según la situación social de la persona promotora que cree su puesto de trabajo siempre que no excede de la cuantia total de la inversion inicial subvecnionable realizada y de la cuantía máxima a subvenciona para cada empresa:

100,00 € / colectivo (acumulativos)
PLD1 Excl.Social
1er empleo Trans
< 30 años Agotó prestación desempleo o subsidio
> 45 años Familia monoparental
Mujer Familia numerosa
Discapacitado ≥33% Víctima violencia género

 

Presupuesto total: 335.000€


Beneficiario

Personas físicas (autónomos/as) y empresas privadas, independientemente de su forma jurídica, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas, sociedades laborales y las personas que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la seguridad social mutualidad en el colegio profesional que iniciasen su actividad empresarial (alta en el IAE) en el término municipal de Vigo  entre el 01/04/2022 y el 28/02/2023 y cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que la persona desarrolle su actividad en el término municipal de Vigo con fecha anterior al inicio del plazo de presentación de solicitud.
  2. Que sean empresas de nueva creación, considerando incluidos, en este concepto, los traspasos de negocios.
  3. Que el promotor que cree su propio puesto de trabajo estuviera en situación de desempleo en la fecha de inicio de actividad. (en el caso de varias personas promotoras como mínimo el 50% del capital social de la empresa será de titularidad de las personas desempleadas)
  4. Estar al corriente en obligaciones tributarias con Facenda XUNTA ATRIGA y Agencia Tributaria estatal – AEAT, con la TGSS y con el Concello de Vigo.
  5. Que los promotores no desarrollaran esa actividad en los 6 meses anteriores al alta IAE (3 dígitos CNAE). Este requisito no se aplicará cuando la actividad anterior fuera realizada por personas autónomas colaboradoras o personas promotoras no trabajadoras en la empresa con ≤ 10% del capital social.
  6. Ningún promotor hubiera recibido esta ayuda en los últimos 4 años anteriores al inicio de la nueva actividad.

Se excluyen entidades sin ánimo de lucro y las personas físicas no incluidas anteriormente.


Plazo de solicitud

 

Desde el 12/07/2023 a las 00.00h hasta el 21/07/2023 a las 23.59h

En concurrencia competitiva (por puntos)

Sujeta a minimis



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