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Tipo de apoyo

Apoyar los proyectos de creación de infraestructuras en Galicia que contribuyan a nivel local a mejorar el entorno de las empresas y los consumidores y a modernizar y desarrollar la base industrial.
Podrán subvencionarse los siguientes tipos de gastos:
a) Obra civil: acondicionamiento y urbanización, oficinas, laboratorios…
b) Adquisición de edificaciones o construcciones por un importe que no exceda del 10 % de la inversión total subvencionable.
c) Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipo.
d) Otras inversiones en activos fijos materiales incluyendo mobiliario.
e) Activos intangibles relacionados directamente con el proceso productivo (o con el de prestación de servicios, en su caso) que cumplan los siguientes requisitos:
1º. Se emplearán exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda.
2º. Deben tener la consideración de activos amortizables.
3º. Deberán ser adquiridos a terceros no relacionados con el comprador.
4º. Figurarán en el activo de la empresa y permanecerán en el establecimiento beneficiario de la ayuda durante un período mínimo de 3 años.
f) Los costes de reformas de instalaciones llevadas a cabo en bienes inmuebles arrendados y siempre que el arrendamiento tenga una vigencia mínima de 5 años a contar desde la fecha de puesta en marcha de la infraestructura.
PLAZO EJECUCIÓN= desde la fecha de presentación de solicitud hasta el fin del periodo establecido en la resolución de concesión. No puede exceder el 30/06/2022.
PLAZO JUSTIFICAR= 15/11/2020 (anualidad 2020)// 15/11/2021 (anualidad 2021)
Plazo para solicitar anticipo hasta 15 DE OCTUBRE para cada año (2020 y 2021), 15/03/2022 para anualidad 2022. El 1º anticipo no superior al 20% de la ayuda.


Cuantía de la ayuda

60% aplicado al montaje de
las inversiones
subvencionables
Límite de 2.500.000€


Beneficiario

Las sociedades mercantiles con domicilio social o centro de actividad en Galicia, con la forma jurídica de sociedad limitada o sociedad anónima que excedan la definición de pyme.
Requisitos:
a) Que proyecten llevar a cabo una inversión en una infraestructura subvencionable en territorio gallego.
b) Que aporten para el proyecto de infraestructura una contribución financiera exenta de cualquier tipo de apoyo público de al menos un 40 % de las inversiones subvencionables, sea mediante recursos propios o mediante financiación externa.
c) Que tengan sede social o algún centro de actividad en Galicia.


Plazo de solicitud

24/08/2020
Concurrencia competitiva
(por puntos, mínimo 40)



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