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Tipo de apoyo

Presentación de manifestaciones de interés para posibles ayudas para proyectos de inversión para la fabricación de los siguientes productos relacionados con el COVID-19 como:

  • Medicamentos (incluidas las vacunas) y los tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas necesarias para su producción.
  • Productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección y las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias para su producción.
  • Desinfectantes y sus productos intermedios, así como las materias primas químicas necesarias para su producción.
  • Herramientas de recogida y/o tratamiento de datos.

(Bienes nuevos y adquiridos en propiedad a 3os)

 

Costes subvencionables:  Min. inversión 100.000€/empresa = costes de inversión necesarios para la producción de los productos y a los costes de los ensayos en línea de las nuevas instalaciones de producción.

 

  • Obra civil: instalación de los equipamientos (máx.20 % de la inversión subvencionable total)
  • Maquinaria: máquinas de proceso y bienes de equipo, así como las instalaciones específicas necesarias para su puesta en funcionamiento.
  • Utillaje: conjunto de utensilios que puedan ser utilizados autónomamente o conjunta­mente con la maquinaria, como los moldes, troqueles o plantillas.
  • Otras inversiones en activos fijos materiales necesarios para la adaptación de los procesos productivos
  • Activos intangibles relacionados directamente con los medicamentos, productos sanitarios, desinfectantes y herramientas de recogida.

 

 

 

CONDICIONES DE LOS PROYECTOS:

  • Los proyectos tendrán que ser validados por el Comité de Fabricación. de Emergencia Sanitaria creado mediante el acuerdo sexto del Centro de Coordinación Operativa (CECOP), en su reunión de 30/03/2020. El Comité establecerá, las certificaciones y/o acreditaciones que deberán obtener los beneficiarios para poner en el mercado del producto o productos fabricados.
  • Proyectos antes 01/02/2020 →Se considerará que la ayuda tiene un efecto incentivador si es necesaria para acelerar o ampliar el alcance del proyecto; en tales casos, sólo podrá solicitarse la ayuda para sufragar los costes adicionales relacionados con los esfuerzos de aceleración o ampliación del alcance.
  • Proyectos desde 01/02/2020 → se considerará que la ayuda tiene un efecto incentivador.

 

PLAZO EJECUCIÓN= Deberá completarse en los 6 meses siguientes a la concesión de la ayuda.

En caso de que no se cumpla el plazo de 6 meses, por cada mes de retraso se reembolsará el 25% del importe de la subvención di­recta concedida.


Cuantía de la ayuda

  • 75% costes subvencionables

(Máx. 800.000€/empresa)

 

Pesca y acuicultura máx. 120.000€/empresa

Producción primaria máx. 100.000€/empresa


Beneficiario

Para PYMES, cualquiera que sea su forma jurídica (incluidas personas físicas) y que desarrollen proyectos de inversión calificados como subvencionables en un centro de trabajo localizado en Galicia.


Plazo de solicitud

Hasta 30/09/2020

(Por orden de entrada)



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