Volver al listado de Subvenciones


Tipo de apoyo

Destinadas a la puesta en marcha de proyectos para el desarrollo y mejora de factores ASG (Ambientales, Sociales y de Gobernanza) en las pymes con un gasto mínimo de 12.000€ (proy. individuales) y 10.000€ (proy. colectivos) dirigidos a los siguientes 18 objetivos:

  • Globales. 1.Auditoría y evaluación de riesgos ASG: proyectos de identificación, diagnosis y propuestas de gestión de los riesgos relacionados con los factores ASG y 2. Consultoría y certificación de empresa B-CORP.
  • Ambientales. Reducción del consumo de recursos naturales, materias primas y semielaborados, 4. Mejora de la eficiencia energética, monitorización y control de procesos, medición, 5. Monitorización y reducción de huella de carbono y huella hídrica, 7. Reducción y/o reutilización de residuos y subproductos, 8. Clasificación y/o valorización de residuos y subproductos, 9. Diseño y desarrollo de envases y embalajes ecoeficientes, 10.Consultoría y certificación de Eco-diseño: ISO 14006, 11. Incorporación de criterios de sostenibilidad en las compras, 12. Análisis de ciclo de vida e implantación de estrategias de diseño sostenible basadas en el principio ‘cuna a cuna’.
  • Sociales. 13.Diversidad e inclusión, 14. Ética laboral y 15. Elaboración de programas de inversión en la Comunidad.
  • Gobernanza. 16. Estructuras de las Juntas Directivas, 17. Transparencia Financiera y 18. Ética empresarial.

 

2 tipos de modalidades:

  • Proyectos individuales en los que una pyme aborda medidas de impacto en los factores ASG, específicamente diseñadas o desarrolladas para su ámbito de actividad.
  • Proyectos colectivos de simbiosis industrial en los que un grupo de empresas (con un mínimo de tres empresas independientes, opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda un proyecto ASG para mejorar el uso de los recursos y reducir los impactos ambientales o proponer actuaciones de impacto social de manera conjunta. La simbiosis industrial facilita el impacto social, el intercambio de energía, materiales, agua y subproductos para cerrar los ciclos de materiales y energía, maximizar el uso de residuos y minimizar el uso de materia prima.

 

Gastos subvencionables:

A) Activos materiales e inmateriales (Cuenta contable grupo 2)= 25/35% subv

  1. Sensores, equipos y sistemas para la medición, monitorización, seguimiento y control de parámetros productivos y ambientales.
  2. Hardware y software inteligente para proceso de la información cuando sirva al ahorro de insumos y de consumo de recursos hídricos o energéticos o bien para la reducción de la producción de desperdicios, así como gastos de desarrollo de dicho software. No serán subvencionables gastos de mantenimiento o canon digital.
  3. Nueva maquinaria y bienes de equipo, únicamente para la reutilización o reciclaje in situ de desperdicios producidos en los procesos de la empresa.

B) Servicios de consultoría externa: (Cuenta contable grupo 6)= 50% subv

  1. Servicios de consultoría externa de carácter tecnológico, de diseño de procesos o productos más eficientes u organizativo: asistencia técnica, eco-diseño, reingeniería de procesos, programas de responsabilidad social o propuestas dirigidas a mejorar la gobernanza, gestión de riesgos ASG o hacia certificación B Corp. También serán subvencionables los costes de certificaciones previstas nombradas en los objetivos del proyecto.
  2. En los proyectos colectivos, si se opta por contar con un organismo intermedio, este podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto. (max 1.000€/empresa) Ese importe se considerará gasto subvencionable de colaboraciones externas y se dividirá entre todas las pymes participantes.

 

No serán subvencionables aquellas colaboraciones externas en las que no se indique con claridad el resultado a obtener, los entregables previstos y como se integrará ese trabajo en el resultado final global del proyecto.

 

PLAZO EJECUCIÓN= El plazo de ejecución se iniciará en la fecha de solicitud (NO ANTES) y hasta la fecha establecida en la resolución de concesión sin que nunca pueda exceder del 30/06/2025

A estos efectos, determinados trabajos preparatorios, como la realización de estudios previos de viabilidad, no se consideran inicio de los trabajos.

 

PLAZO JUSTIFICACIÓN:

  1. 30/10/2024 para proyectos cuyo plazo máx. de ejecución sea el 30/10/2024 o anterior.
  2. 30/06/2025 para resto de proyectos. Los gastos realizados entre el 31/10/2024 y el 31/12/2024 podrán ser imputados al 2025.

 

ANTICIPO: de hasta el 80 % de la subvención, sin que supere el importe de la anualidad, marcando para ello la casilla habilitada en la solicitud de la ayuda.

 

No se aprobarán proyectos que no propongan llegar a resultados, como estudios de viabilidad o diseño de soluciones aisladamente de su desarrollo e implantación en la empresa solicitante.

No serán subvencionables aquellas colaboraciones externas en las que no se indique con claridad el resultado a obtener, los entregables previstos y como se integrará ese trabajo en el resultado final global del proyecto. (el importe subvencionables de colaboraciones externas no podrá superar 60% )

 

PLAZO EJECUCIÓN y = El plazo de ejecución se iniciará en la fecha de solicitud (NO ANTES) y hasta la fecha establecida en la resolución de concesión sin que nunca pueda exceder del 15/09/2024. A estos efectos, determinados trabajos preparatorios, como la realización de estudios previos de viabilidad, no se consideran inicio de los trabajos.

 

PLAZO JUSTIFICACIÓN:

  • 15/09/2023 para proyectos cuyo plazo máx. de ejecución sea el 15/09/2023 o anterior.
  • 15/09/2024 para resto de proyectos. Los gastos realizados entre el 16/09/2023 y el 31/12/2023 podrán ser imputados al 2024.

 

ANTICIPO: de hasta el 50 % de la subvención, sin que supere el importe de la anualidad, en el plazo de 3 meses a contar desde la concesión de la ayuda. Los importes anticipados en la anualidad 2023 deben justificarse con gastos realizados y pagados en la misma anualidad.


Cuantía de la ayuda

  P.E M.E
Inversión 35% 25%
Colabr. externas 50%

P.E= Pequeña empresa

M.E= Mediana empresa

 

 

  Proyecto individual Proyecto colectivo
Importe mín. 12.000 € 10.000 €
Subv. Máx empresa. 60.000 € 50.000 €
Subv. Máx proyecto. 60.000 € 200.000 €
Subv. Máx proyecto consultoría 30.000 € 25.000 €

 

Cuando un proyecto individual o colectivo, solo de consultoría, se refiera a un trabajo específico para uno solo de los 18 objetivos previstos, el importe máximo subvencionable por empresa será de 15.000 €.

 

Las pymes podrán presentar un único proyecto individual y participar en una o más agrupaciones, siempre que las inversiones y gastos de cada una de las solicitudes sean distintos.

 

PRESUPUESTO: 1 M €

  • 2024= 500.000 €
  • 2025= 500.000 €

Beneficiario

PYMES con centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a los empresarios autónomos. Las pymes podrán solicitar proyectos de tipo 2 (individuales).

Para proyectos colectivos los interesados deberán previamente constituir una agrupación que tendrá que estar constituida al menos por 3 pymes con centro de trabajo en Galicia.

Excluidas: empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos para los que solicitan la ayuda. Agrupaciones de personas físicas o jurídicas. Empresas en crisis. Empresas que incumplan la ley de morosidad.


Plazo de solicitud

Desde 09/05/2024 (8:00h) hasta 15/09/2024 (a las 14.00h)

Concurrencia no competitiva

(por orden de entrada y expediente completo)



Solicitar información