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Tipo de apoyo

Destinada a la puesta en marcha de proyectos para el desarrollo de la economía circular con un gasto mínimo de 12.000€ (proy individuales) y 10.000€ (proy colectivos) dirigidos a:

  • Reducción del consumo de recursos en el proceso productivo: recursos naturales, materias primas y semielaborados, mejora de la eficiencia energética (sistemas de control y optimización inteligente de consumos, excluido todo lo relacionado con fuentes, generadores o producción energética), monitorización y control de procesos, medición, monitorización y reducción huella carbono e hídrica
  • Reducir la generación de residuos en el proceso productivo, la peligrosidad de los mismo, u/o facilitar reutilización, valorización y reciclaje
  • Análisis del ciclo de vida del producto
  • Identificación e implementación de nuevas oportunidades de negocio que persigan la reutilización y reparación de los productos.
  • Servitización: reducción del consumo de recursos con el cambio de enfoque a prestación de servicios.
  • Reacondicionamiento, remanufactura y reparación avanzada
  • Creación de cadenas de valor más cortas.

 

Dos tipos de modalidades:

  • Proyectos colectivos de simbiosis industrial en los que un grupo de empresas (con un mínimo de tres empresas independientes, opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda un proyecto de economía circular de manera conjunta. (preferencia sobre los individuales)
  • Proyectos individuales una pyme aborda la implantación de un sistema de economía circular, parcial o integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad ( por lo menos 25 % del importe subvencionable, ya sea mediante sus recursos propios o mediante financiación externa)

 

Gastos subvencionables:

  1. Sensores, equipos y sistemas para la medición, monitorización, seguimiento y control de parámetros productivos y ambientales.
  2. Hardware y software inteligente para proceso de la información cuando sirva al ahorro de insumos y de consumo de recursos hídricos o energéticos o bien para la reducción de la producción de desperdicios, así como gastos de desarrollo de dicho software. No serán subvencionables gastos de mantenimiento o canon digital.
  3. Nueva maquinaria y bienes de equipo, únicamente para la reutilización o reciclaje in situ de desperdicios producidos en los procesos de la empresa.
  4. Servicios de consultoría externa de carácter tecnológico, de diseño de procesos o productos más eficientes u organizativo: asistencia técnica, eco-diseño, reingeniería de procesos. Las colaboraciones externas subvencionables deberán contribuir a los objetivos específicos del proyecto.
  5. En los proyectos de la modalidad del punto 1), si se opta por contar con un organismo intermedio, este podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto. (max 1.000€/empresa) Ese importe se considerará gasto subvencionable de colaboraciones externas y se dividirá entre todas las pymes participantes.

 

No se aprobarán proyectos que no propongan llegar a resultados, como estudios de viabilidad o diseño de soluciones aisladamente de su desarrollo e implantación en la empresa solicitante.

No serán subvencionables aquellas colaboraciones externas en las que no se indique con claridad el resultado a obtener, los entregables previstos y como se integrará ese trabajo en el resultado final global del proyecto. (el importe subvencionables de colaboraciones externas no podrá superar 60% )

 

PLAZO EJECUCIÓN y = El plazo de ejecución se iniciará en la fecha de solicitud (NO ANTES) y hasta la fecha establecida en la resolución de concesión sin que nunca pueda exceder del 15/09/2024. A estos efectos, determinados trabajos preparatorios, como la realización de estudios previos de viabilidad, no se consideran inicio de los trabajos.

 

PLAZO JUSTIFICACIÓN:

15/09/2023 para proyectos cuyo plazo máx. de ejecución sea el 15/09/2023 o anterior.

15/09/2024 para resto de proyectos. Los gastos realizados entre el 16/09/2023 y el 31/12/2023 podrán ser imputados al 2024.

 

ANTICIPO: de hasta el 50 % de la subvención, sin que supere el importe de la anualidad, en el plazo de 3 meses a contar desde la concesión de la ayuda. Los importes anticipados en la anualidad 2023 deben justificarse con gastos realizados y pagados en la misma anualidad.


Cuantía de la ayuda

Gasto subv. mínimo:

12.000€ proyectos individuales

10.000€ proyectos colectivos

 

  P.E M.E
Inversión 35% 25%
Colabr. externas 50%

P.E= Pequeña empresa

M.E= Mediana empresa

 

Importe máx subvención 200.000€ proyectos colectivos y 75.000€ para proyectos individuales.

Las inversiones y gastos subvencionables no podrán haber comenzado antes de la presentación de la solicitud. A estos efectos, determinados trabajos preparatorios, como la realización de estudios previos de viabilidad, no se consideran inicio de los trabajos.

 

Las pymes podrán presentar un único proyecto individual y participar en una o más agrupaciones, siempre que las inversiones y gastos de cada una de las solicitudes sean distintos.

PRESUPUESTO: 1,5 M €

2023= 500.000 €

2024= 1 M €


Beneficiario

PYMES con centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a los empresarios autónomos. Las pymes podrán solicitar proyectos de tipo 2 (individuales).

Para proyectos colectivos los interesados deberán previamente constituir una agrupación que tendrá que estar constituida al menos por 3 pymes con centro de trabajo en Galicia.

Exluidas: empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradorasde los mismos para los que solicitan la ayuda. Comunidades de bienes. Empresas en crisis. Empresas que incumplan plazos de pago


Plazo de solicitud

Desde 01/02/2023 (8:00h) hasta 28/02/2023 (a las 14.00h)

 Concurrencia competitiva (por puntos)

Min. 60 puntos proyectos colectivos

Min 40 puntos proyectos individuales



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