IG230-23 - Galicia Exporta Empresas

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Tipo de apoyo

Incentivar realización de acciones de promoción exterior generadoras de ventajas competitivas que incidan en la proyección y posicionamiento de las empresas gallegas en los mercados internacionales.

Gasto mínimo: 3.200 €. Máx. subvención = 95.000 €/beneficiario y convocatoria. Los proyectos objeto de apoyo recogerán una o varias de las siguientes actuaciones/acciones:

A) ACCIONES DE DIFUSIÓN:
A.1) Campañas de publicidad en prensa, revistas, radio o siempre que su difusión se realice en el extranjero.
Gasto Subvencionable: Sólo las compras de espacios publicitarios e inserciones en medios de comunicación citados anteriormente.
No se subvencionarán gastos de diseño y elaboración de los anuncios, gastos de agencia ni otros semejantes, salvo los indicados en este apartado. Las campañas deberán ser realizadas dentro del plazo de ejecución del proyecto
Se admitirá únicamente 1 acción de este tipo por solicitud, que podrá englobar diferentes campañas.

IMPORTE GASTO SUBVENCIONABLE para campañas publicitarias IMPORTE INCENTIVO
Entre 8.001 – 10.000 € 6.750 €
Entre 6.000 – 8.000 € 5.250 €
Inferior a 6.000 € 3.750 €

A.2) Elaboración de catálogos físicos y digitales para difusión en mercados extranjeros.
Gasto Subvencionable: gastos de diseño, elaboración, edición, montaje, producción, traducción e impresión de catálogos en formato papel y digital para difusión en mercados extranjeros.
Quedan excluidos de este apartado los carteles, listas de precios, manuales de instrucciones, flyers, displays, roll up, u otros elementos de similares características.
Solo subvencionadas cuando estén vinculadas al menos a 1 acción del apartado B (PROMOCION). Se admitirá únicamente 1 acción de este tipo por solicitud, que podrá englobar diferentes campañas.

IMPORTE GASTO SUBVENCIONABLE para elaboración de catálogos IMPORTE INCENTIVO
Superior a 12.000 € 9.750 €
Entre 10.001 – 12.000 € 8.250 €
Entre 8.001 – 10.000 € 6.750 €
Entre 6.000 – 8.000 € 5.250 €
Inferior a 6.000 € 3.750 €

B) ACCIONES DE PROMOCIÓN:
B.1) * Se incluyen:
A. La participación como expositor en ferias comerciales de carácter internacional organizadas por terceros que se celebran en el extranjero, así como las que tienen lugar en España siempre que estén incluidas en el Calendario Oficial de Ferias Comerciales Internacionales aprobado Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para el año 2023 publicadas en el BOE Disposición 23729 del BOE núm. 312 de 2022

B. La participación como expositor en otros eventos expositivos de carácter internacional y de duración limitada, organizados en el extranjero por terceros no vinculados a la empresa solicitante ni empresarial ni comercialmente. Quedan incluidos en esta definición actuaciones tales como: jornadas técnicas y demostraciones, desfiles, participación en concursos o certámenes, catas, degustaciones, y otras de similar naturaleza. La presencia como expositor obedecerá a un objetivo comercial preestablecido o responderá a una oportunidad de negocio previamente identificada, relacionadas directamente con los bienes o servicios que produce o presta el beneficiario.

No son subvencionables las visitas a las ferias o a los eventos expositivos.

En estos costes se aplica el método de costes simplificados basado en sumas a tanto alzado.

1º. Gastos de viaje al destino de celebración de la feria o evento expositivo. Solo son subvencionables los gastos de viaje correspondientes a billetes de avión, tren y/o autobús, tasas, seguros de viaje y comisión de la agencia de viaje.
2º. Alojamiento en destino final, en régimen de alojamiento y desayuno, en la ciudad de celebración de la feria o evento expositivo, o en sus alrededores.
3º. Gastos de alquiler de espacios y/o stand, y servicios relacionados con la participación en la feria o evento, por ejemplo: derechos de inscripción, montaje y desmontaje de stand, alquiler de mobiliario y equipamiento, alquiler de equipos audiovisuales, participación en actividades paralelas organizadas en el marco de la feria; contratación de intérpretes, modelos o de personal de apoyo.

Para ser elegibles, estos servicios deben estar facturados por el organizador de la feria o evento expositivo, o por sus empresas proveedoras o colaboradoras. Se exceptúan los gastos de montaje y desmontaje de stand, que podrán ser facturados directamente por una empresa proveedora independiente.

B.2) Visitas promocionales a la sede de la empresa en Galicia **: incluye visitas presenciales de clientes, compradores, importadores, distribuidores, medios de comunicación u otro tipo de prescriptores con sede en el extranjero, con el objeto de dar a conocer al exterior las posibilidades de la empresa y sus productos y/o para sondear posibles fórmulas de cooperación internacional. Los viajes podrán realizarse tanto a las instalaciones de la empresa en Galicia, como al lugar de emplazamiento en Galicia de un proyecto que la empresa solicitante haya realizado o esté realizando y que quiera mostrar como modelo a clientes potenciales. También podrán incluirse visitas a puntos estratégicos en Galicia para la exportación de la empresa (puertos, aeropuertos, centros logísticos, organismos públicos, etc.)..
En este tipo de acciones se exige un mínimo de 2 empresas/prescriptores visitantes.

En estos costes se aplica el método de costes simplificados basado en sumas a tanto alzado.

1º. Gastos del viaje a Galicia de las personas de las empresas/prescriptores visitantes, correspondientes a avión, tren y/o autobús, tasas de visado, seguros de viaje y comisión de la agencia de viaje.
2º. Gastos de alojamiento en Galicia de las personas de las empresas/prescriptores visitantes.
3º. Gastos de desplazamientos en Galicia mediante servicio contratado: autobús, minibús, taxi o vehículo con conductor
4º. Gastos de intérpretes

No existen límites en cuanto a número de acciones por área geográfica.
Quedan excluidos: Los costes de mailings, convites, gastos de elaboración y posicionamiento de pág. web y redes sociales. Impuestos indirectos que son susceptibles de recuperación. Folletos, material de papelería, tarjetas, sobres, carpetas, listas de precios y cualquier otro material que no esté dirigido estrictamente a fines promocionales. Productos de merchandising y otros regalos promocionales Alquiler de espacios expositivos o promocionales que se utilicen como puntos de venta directa. Aquellos no estén directamente vinculados con la realización de la acción subvencionable.

No serán admisibles las facturas emitidas por proveedores que no tengan la capacidad para el suministro del servicio atendiendo a su objeto social y/o alta en actividad económica compatible con los servicios prestados.

Los proveedores tienen que ser independientes, no podrán estar asociados ni vinculados entre sí ni con la entidad solicitante ni con sus órganos directivos o gestores. Excepcionalmente, se podrá autorizar la contratación con proveedores vinculados, con carácter previo a la concesión, cuando se justifique la necesidad por parte de la persona solicitante y se acredite que la contratación atiende a precios de mercado.

PLAZO EJEC. Y JUSTIF.= Desde 01/01/2023 hasta fecha resolución concesión max 15/12/2023 (si el proyecto está ejecutado íntegramente antes de la solicitud de la ayuda se puede presentar documentación justificativa y cuando resuelvan pagan la ayuda). Si la solicitud de ayuda incluye acciones que se deban ejecutar con posterioridad a la fecha de solicitud, no se podrán incluir acciones posteriores al 15/12/2023 (fecha de facturación).


Cuantía de la ayuda

Gasto mínimo: 3.200 €. Máx. subvención = 95.000 €/beneficiario y convocatoria. Los proyectos objeto de apoyo recogerán una o varias de las siguientes actuaciones/acciones:

 

A.1) Campañas de publicidad en prensa, revistas, radio o siempre que su difusión se realice en el extranjero.

IMPORTE GASTO SUBVENCIONABLE para campañas publicitarias IMPORTE INCENTIVO
Entre 8.001 – 10.000 € 6.750 €
Entre 6.000 – 8.000 € 5.250 €
Inferior a 6.000 € 3.750 €

A.2) Elaboración de catálogos físicos y digitales para difusión en mercados extranjeros.

IMPORTE GASTO SUBVENCIONABLE para elaboración de catálogos IMPORTE INCENTIVO
Superior a 12.000 € 9.750 €
Entre 10.001 – 12.000 € 8.250 €
Entre 8.001 – 10.000 € 6.750 €
Entre 6.000 – 8.000 € 5.250 €
Inferior a 6.000 € 3.750 €

 

* LIIMITES B.1) Participación como expositor en ferias y otros eventos expositivos, las intensidades de ayuda e importes de subvención, variarán según el área geográfica en la que se desarrolle la acción, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Importe de incentivo para participación como expositor en ferias y otros eventos expositivos
Área geográfica Límite incentivo 10.436,37 €
Importe incentivo
España y Portugal 3.130,91 €
Toda la Unión Europea excepto Finlandia, Suecia, Dinamarca, Estonia, Letonia y Lituania 6.261,82 €
Finlandia, Suecia, Dinamarca, Estonia, Letonia y Lituania 7.305,46 €
Todo el resto de Europa fuera de la Unión Europea excepto Rusia y Reino Unido 7.305,46 €
Rusia 8.349,10 €
Reino Unido 7.827,28 €
Estados de la Costa Este de Estados Unidos y de Canadá. Todo México 8.349,10 €
Estados del centro de EEUU y de Canadá (no costa) 9.392,74 €
Estados de la Costa Oeste de EEUU y de Canadá 9.392,74 €
Toda América Central y del Sur 8.349,10 €
China y Japón 10.436,37 €
Resto de Asia 8.349,10 €
Oceanía 9.392,74 €
África 8.349,10 €

 

** LIMITES B.2) Visitas a la sede de la empresa en Galicia las intensidades de ayuda e importes de subvención, variarán según el área geográfica en la que se desarrolle la acción, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Importe de incentivos para visitas a la sede de la empresa en Galicia
Área geográfica Límite incentivo 5.811,00 €
Importe incentivo
Portugal 1.743,30 €
Toda la Unión Europea excepto Finlandia, Suecia, Dinamarca, Estonia, Letonia y Lituania 3.486,60 €
Finlandia, Suecia, Dinamarca, Estonia, Letonia y Lituania 4.067,70 €
Todo el resto de Europa fuera de la Unión Europea excepto Rusia y Reino Unido 4.067,70 €
Rusia 4.648,80 €
Reino Unido 4.358,25 €
Estados de la Costa Este de Estados Unidos y de Canadá. Todo México 4.648,80 €
Estados del centro de EEUU y de Canadá (no costa) 5.229,90 €
Estados de la Costa Oeste de EEUU y de Canadá 5.229,90 €
Toda América Central y del Sur 4.648,80 €
China y Japón 5.811,00 €
Resto de Asia 4.648,80 €
Oceanía 5.229,90 €
África 4.648,80 €

Beneficiario

  • PYMES, (incluidos los autónomos individuales. No subvencionables las B. ni S.C)
  • Que tengan algún centro de trabajo en Galicia y que tengan en dicho centro al menos 1 trabajadores por cuenta ajena a fecha de publicación del DOG de esta ayuda (= 23/10/203). Este último requisito no es aplicable a las empresas constituidas con menos de 42 meses de antigüedad en la fecha de publicación de las bases de ayudas.
  • Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización (IG192) con informe positivo emitido a partir del 01/01/2013. La solicitud de IG192 deberá hacerse antes de la solicitud de la ayuda.
  • Que estén al corriente en sus obligaciones con AEAT, con ATRIGA y con la TGSS.
  • Que tengan capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

Solo se podrá presentar y aprobar 1 solicitud por persona beneficiaria. En el caso de presentar más de 1 solicitud por empresa, se entenderá implícita la desistencia o renuncia de la anterior, por lo que se atenderá la última presentada.

Cuando la persona beneficiaria de la subvención sea una empresa con subvención de importe > a 30.000 €, los gastos subvencionables en los que haya incurrido en sus operaciones comerciales deberán haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.


Plazo de solicitud

El plazo para solicitar la ayuda desde 24/10/2023 (8:00h) hasta 23/11/2023 (14:00h)

Ayuda en concurrencia no competitiva ( por orden de entrada)

En régimen de Mínimis

Presupuesto 2,5 M €



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