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Tipo de apoyo
Ayudas para incentivar la realización de acuerdos de carácter no laboral entre talleres artesanos y aprendices en períodos de formación, teórica y práctica, de aprendices durante período máximo de 12 meses.
La formación tendrá una duración máxima de 12 meses, y se procede a su convocatoria con una jornada máxima de 40 horas semanales y mínima de 20 y la duración mínima de la formación será de 6 meses, con una jornada máxima de 40 horas semanales y mínima de 20 horas semanales. En este último caso, cuando la jornada sea de 20 horas semanales, la duración mínima de la formación será de 6 meses y 1 semana (500 horas) al objeto de poseer la formación necesaria para obtener la carta de artesano/a.
Requisitos: Aprendiz/a
-Estar en posesión de un título de estudios universitarios o de formación profesional terminados en la fecha de presentación de solicitudes. Se entenderán incluidos en los anteriores cualquier otra enseñanza encuadrada en la educación superior o enseñanzas de grado medio.
-No ser beneficiario/a de cualquier otra subvención o ayuda, salvo el subsidio por desempleo.
-No estar desempeñando ninguna actividad retribuida en el momento del comienzo del período formativo y hasta la finalización de la formación.
-Tener nacionalidad española o del países miembros UE. Extranjeros con permiso de residencia en España. Domiciliados en Galicia.
Cada taller podrá solicitar subvención, con carácter general, para la financiación de 1 acuerdo con un/una aprendiz/a. Si el taller tuviera, como mínimo, 6 trabajadores empleados, podrá subvencionar hasta 2 acuerdos simultáneamente.
Cuantía de la ayuda
El importe para el taller de la subvención no excederá de las siguientes cuantías mensuales:
– 1,1 veces el IPREM* mensual= jornada 20h/semana.
– 1,4 veces el IPREM mensual= jornada 40h/semana
El taller percibirá, adicionalmente, las siguientes cuantías:
- Si la jornada del/de la aprendiz/a es de 20 horas semanales: 200 € mensuales.
- Si la jornada del/de la aprendiz/a es de 40 horas semanales: 400 € mensuales.
El taller abonará al aprendiz como mínimo
:
– 1,2 veces el IPREM= jornada 20h/semana
.
– 1,5 veces el IPREM = jornada 40h/semana
Cuando los acuerdos tengan una duración entre 21 y 39 horas, el taller abonará el importe correspondiente incrementado proporcionalmente.
*IPREM mensual (vigente a 1/01/2019)= 537,84 €
Beneficiario
Talleres artesanos sean personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, que figuren inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.
Plazo de solicitud
Hasta el 16/09/2019 En concurrencia NO competitiva
Régimen de mínimis