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Tipo de apoyo

Ayudas para incentivar la realización de acuerdos de carácter no laboral entre talleres artesanos y aprendices en períodos de formación, teórica y práctica, de aprendices durante período máximo de 12 meses.

La formación tendrá una duración máxima de 12 meses, y se procede a su convocatoria con una jornada máxima de 40 horas semanales y mínima de 20 y la duración mínima de la formación será de 6 meses, con una jornada máxima de 40 horas semanales y mínima de 20 horas semanales. En este último caso, cuando la jornada sea de 20 horas semanales, la duración mínima de la formación será de  6 meses y 1 semana (500 horas) al objeto de poseer la formación necesaria para obtener la carta de artesano/a.

 

Requisitos: Aprendiz/a

-Estar en posesión de un título de estudios universitarios o de formación profesional terminados en la fecha de presentación de solicitudes. Se entenderán incluidos en los anteriores cualquier otra enseñanza encuadrada en la educación superior o enseñanzas de grado medio.

-No ser beneficiario/a de cualquier otra subvención o ayuda, salvo el subsidio por desempleo.

-No estar desempeñando ninguna actividad retribuida en el momento del comienzo del período formativo y hasta la finalización de la formación.

-Tener nacionalidad española o del países miembros UE. Extranjeros con permiso de residencia en España. Domiciliados en Galicia.

 

Cada taller podrá solicitar subvención, con carácter general, para la financiación de 1 acuerdo con un/una aprendiz/a. Si el taller tuviera, como mínimo, 6 trabajadores empleados, podrá subvencionar hasta 2 acuerdos simultáneamente.


Cuantía de la ayuda

El importe para el taller de la subvención no excederá de las siguientes cuantías mensuales:

 

– 1,1 veces el IPREM* mensual= jornada 20h/semana.

– 1,4 veces el IPREM mensual= jornada 40h/semana

 

El taller percibirá, adicionalmente, las siguientes cuantías:

  • Si la jornada del/de la aprendiz/a es de 20 horas semanales: 200 € mensuales.
  • Si la jornada del/de la aprendiz/a es de 40 horas semanales: 400 € mensuales.

 

El taller abonará al aprendiz como mínimo

:

1,2 veces el IPREM= jornada 20h/semana

.

– 1,5 veces el IPREM = jornada 40h/semana

 

Cuando los acuerdos tengan una duración entre 21 y 39 horas, el taller abonará el importe correspondiente incrementado proporcionalmente.

 

 

*IPREM mensual (vigente a 1/01/2019)= 537,84 €


Beneficiario

Talleres artesanos sean personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, que figuren inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.


Plazo de solicitud

Hasta  el 16/09/2019 En concurrencia NO competitiva

Régimen de mínimis



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