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Tipo de apoyo

Instalación de equipos de aprovechamiento de energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en las EMPRESAS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA primaria con una inversión mínima 5.000€/ SOLICITUD.

1.PROYECTOS DE ENERGÍAS RENOVABLES: costes de inversión adicionales necesarios para fomentar la producción procedente de energías renovables:

  1. La biomasa
  2. El biogás
  3. La aerotermia
  4. La geotermia
  5. Solar térmica
  6. La fotovoltaica
  7. La minieólica

 

2.PROYECTOS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA: costes de inversión adicionales necesarios para lograr un nivel más elevado de eficiencia energética:

  1. Las inversiones en sustitución o mejora de equipos e instalaciones consumidores de energía del proceso productivo (ahorro mínimo 10%)
  2. La renovación o mejora de equipos de instalaciones existentes de producción de calor y frío destinadas a atender la demanda de bienestar e higiene (ahorro mínimo 10%)
  3. La mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación existentes que lleven asociada una reducción anual (al menos 40%)
  4. Cualquier otra actuación, no contemplada en los apartados anteriores, que implique un ahorro energético mínimo de un 10% respecto al consumo inicial.

No serán subvencionables los proyectos con ratios de ahorro energético anual de energía final < 0,5 kWh por € de inversión elegible.

 

Plazo De Ejecución/ Justificación desde la solicitud hasta el 30/09/2021


Cuantía de la ayuda

30% del coste elegible de la nueva instalación.

Sobre el coste elegible:

  • 50% a Pequeñas empresas
  • 40% Medianas empresas

(máx. 300.000 €/empresa)

(máx. 100.000€/proyecto)

Instalaciones de autoconsumo colectivo:

Max. 500.000 €/empresa

Max. 500.000 €/proyecto

 

PRESUPUESTO:

  • Energ Renovables térmicas: 500.000€
  • Energ. Renovables Eléctricas: 1.500.000€
  • Proyectos Ahorro y Eficiencia Energética: 500.000€

Beneficiario

a) Empresas legalmente constituidas y autónomos/as que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidos en el sector de producción agrícola primaria*

b) Las empresas de servicios energéticos (ESE) que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía situadas en Galicia. Se contará, en todo caso, con el visto bueno del titular de la instalación.

*Se considerarán sector de producción agrícola primaria las actividades incluidas en la sección A y, en concreto, las clases de la 1.11 a la 02.40 del CNAE-2009, ambas incluidas. También serán subvencionables las actividades contempladas en el IAE que se correspondan con estas clases del CNAE 2009.


Plazo de solicitud

15/01/2021- 15/02/2021

En concurrencia competitiva (por puntos)



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