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Tipo de apoyo

Presentación de manifestaciones de interés para posibles ayudas para  proyectos de inversión para la fabricación de los siguientes productos relacionados con el COVID-19:

  • Medicamentos (incluidas las vacunas) y los tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas necesarias para su producción.
  • Productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección y las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias para su producción.
  • Desinfectantes y sus productos intermedios, así como las materias primas químicas necesarias para su producción.
  • Herramientas de recogida y/o tratamiento de datos.

 

Inversiones subvencionables:

  • Obra civil: instalación de los equipamientos (máx.20 % de la inversión subvencionable total)
  • Maquinaria: máquinas de proceso y bienes de equipo, así como las instalaciones específicas necesarias para su puesta en funcionamiento.
  • Utillaje: conjunto de utensilios que puedan ser utilizados autónomamente o conjunta­mente con la maquinaria, como los moldes, troqueles o plantillas.
  • Otras inversiones en activos fijos materiales necesarios para la adaptación de los procesos productivos

 

Los costes subvencionables se refieren a todos los costes de inversión necesarios para la producción de los productos enumerados anteriormente y a los costes de los ensayos en línea de las nuevas instalaciones de producción.

 

CUALIFICACION REQUERIDA:

  • Los proyectos tendrán que ser validados por el Comité de Fabric. de Emergencia Sanitaria creado mediante el acuerdo sexto del Centro de Coordinación Operativa (CECOP), en su reunión de 30/03/2020. El Comité establecerá, las certificaciones y/o acreditaciones que deberán obtener los beneficiarios para poner en el mercado del producto o productos fabricados.
  • Proyectos antes 1/02/2020 → ayudas para acelerar o ampliar el alcance del proyecto.
  • Proyectos desde 1/02/2020 → ayuda efecto incentivador

 

PLAZO EJECUCIÓN= máx. 6 meses desde la concesión de la ayuda.

En caso de que no se cumpla el plazo de 6 meses, por cada mes de retraso se reembolsará el 25% del importe de la subvención directa concedida.

 

Las ayudas en forma de subvenciones directas pueden concederse, como muy tarde, el 31/12/2020.


Cuantía de la ayuda

75% costes subvencionales

(Máx. 800.000€/empresa)

Pesca y acuicultura máx. 120.000€/empresa

Producción primaria máx. 100.000€/empresa

Min. inversión 100.000€/empresa


Beneficiario

Pymes (incluidas personas  físicas)  que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad económica en Galicia.


Plazo de solicitud

Plazo de propuesta del 24/04/2020 hasta 29/04/2020



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