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Tipo de apoyo
Ayudas para compensar a las empresas de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura por la reducción de la producción que haya tenido lugar entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020 a consecuencia del brote de la COVID-19, siempre que las pérdidas sean de por lo menos un 20 % en relación con los ingresos medios para el mismo período en los 3 años anteriores (2017, 2018 y 2019).
En el caso de empresas < 3 años de actividad, estas deberán tener actividad durante, por lo menos, el año natural 2019 completo.
Cálculo de la ayuda:
- Ventas realizadas desde 1 de febrero a 31 de diciembre de 2020 en comparación con el mismo período de los años 2017, 2018, y 2019. Se realizará el promedio de las ventas hechas en esos tres años y se calculará si la empresa ha sufrido pérdidas de ventas ≥20 % con respecto al mismo período de referencia, en el año 2020.
- En el caso de empresas < 3 años de actividad, el cálculo se realizará teniendo en cuenta los datos de los años correspondientes.
La pérdida de las ventas se acreditará a través de un informe de auditoría suscrito por auditor independiente inscrito en el ROAC que certifique, para el período de referencia (1 de febrero a 31 de diciembre de 2020), las ventas en euros y volumen de producto, el promedio de estos ingresos y la comparativa porcentual respecto al año para el cual se solicita la ayuda (2020). Deberá especificar el % de pérdidas de ventas de la empresa y también en cada centro de producción de Galicia.
Cuantía de la ayuda
Máx. 50 %/pérdidas en Galicia
= 400.000€/beneficiario
PRESUPUESTO:
4 M €
Beneficiario
Personas físicas, jurídicas, pluralidad de personas físicas, agrupaciones o entidades sin personalidad jurídica o comunidades de bienes con centro de trabajo en Galicia.
El establecimiento de transformación deberá ser titularidad de la empresa solicitante durante el 1 de febrero de 2017 a 31 de diciembre de 2020. En el caso de empresas con menos de tres años de actividad, deberá ser titular del establecimiento desde, por lo menos, el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020.
Deberá tener un IAE dentro de los epígrafes relacionados con la transformación de productos procedentes de la pesca, marisqueo o acuicultura.
Plazo de solicitud
28/07/2021