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Tipo de apoyo
Incentivos a la contratación indefinida inicial y a la formación de personas desempleadas realizadas por personas trabajadoras autónomas o personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia:
1.Bono contratación:
Incentivos a las primeras contrataciones indefinidas iniciales a personas desempleadas y carezcan de ocupación (*) realizada entre el 01/10/2022 y el 29/09/2023 (ambas fechas incluidas) por:
- la 1ª contratación que realicen con carácter indefinido, cuando en la fecha en que se formalice el contrato por el que se solicita la subvención no hubiera otra persona trabajadora contratada con una relación laboral indefinida ni se contratara con carácter indefinido, con anterioridad, a otra persona trabajadora, excepto que este contrato indefinido se extinguiera por dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la persona trabajadora, o por resolución durante el período de prueba
- Por la 2ª y 3ª contratación que realicen con carácter indefinido siempre que con anterioridad a la formalización de estos contratos no se realizaran 2 o más contrataciones indefinidas, excepto que estos contratos indefinidos anteriores se extinguieran por dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la persona trabajadora, o por resolución durante el período de prueba.
La contratación indefinida inicial podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial (jornada mínima 50%), incluida la modalidad de fijo discontinuo (duración mínima 6meses/año).
*Se considera persona desempleada a aquella inscrita aquella que figure como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo con anterioridad o en el mismo día de la contratación que se subvenciona. Se considera persona que carece de ocupación aquella que no esté en situación de alta en el día anterior a la contratación que se subvenciona, según el informe de la vida laboral (TGSS)
2.Bono de formación (opcional)
Dirigido a las personas del bono contratación, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.
Características:
- Duración de la formación = 70horas
- Realizada dentro de los 3 primeros meses del inicio del contrato=máx. 29/10/2023.
- Acciones formativas por medios propios o contratación realizada en cualquiera de las instalaciones. (se incluye teleformación siempre que sea en plataforma virtual de aprendizaje)
Las subvenciones previstas en el bono de contratación son incompatibles con otras que, por las mismas personas trabajadoras cuyos contratos se subvencionan, puedan otorgar las administraciones públicas como medida de fomento de empleo. No obstante, serán compatibles, en su caso, con los incentivos en forma de bonificaciones a la Seguridad Social
Cuantía de la ayuda
1 BONO CONTRATACIÓN:
1ª contratación (8.000-22.500€)
- 8.000 €/puesto general
- 10.000 €/puesto:
- PLD
- >55 años
- Discapacitados
- Excl Social
- Emigrantes retornados o extranjeros
(no acumulables)
2ª y 3ª contratación (10.000-27.000€)
- 10.000 €/puesto general
- 12.000 €/puesto:
- PLD
- >55 años
- Discapacitados
- Excl Social
- Emigrantes retornados o extranjeros
(no acumulables)
Incremento para a) y b) :+25%/cada colectivos específicos:
- Mujer
- Centro trabajo en Concello rural *
- > 45 años (no compatible con >55 años)
- Personas trans
- Emigrantes retornados
- Persona trans
- Profesiones y oficios en los que la mujer esté subrepresentada, informe Observatorio Empleo (anexo II)
*Cuando se trate de contrataciones indefinidas con una jornada a tiempo parcial y fijos discontinuos, las cuantías de los incentivos serán proporcionales al tiempo efectivo de trabajo.
2 BONO FORMACIÓN: 4.000€/puesto
Presupuesto 1.350.000€
Beneficiario
Personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia por las 3 primeras contrataciones indefinidas iniciales
Excluidas: 1.las sociedades civiles ni las comunidades de bienes, así como las personas socias o comuneras que las integran ni los autónomos colaboradores 2. Personas que desarrollaran como personas trabajadoras autónomas misma o similar actividad en los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la nueva situación de alta en la Seg Social (3 dígitos CNAE). 3 No hallarse al corriente de obligaciones frente a la administración pública.
La persona beneficiaria deberá mantener en su plantilla a la persona trabajadora contratada por un tiempo mínimo de 24 meses
Plazo de solicitud
04/02/2023-29/09/2023
En concurrencia no competitiva (Por orden de entrada)
Ayuda sujeta a Mínimis