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Tipo de apoyo

Se consideran gastos subvencionables aquellos en los que haya incurrido la entidad solicitante entre 01/01/2022 y el 30/10/2022 con respecto a los conceptos siguientes:

1.1. Gastos derivados de la creación de producto y/o comercialización del destino Galicia.
a) Gastos relacionados con el diseño y elaboración de soportes de comunicación, ya sean gráficos o audiovisuales, tales como folletos, cartelería, flyers, bancos fotográficos, vídeos, spots… así como de elementos de promoción (merchandising).
b) Desarrollo de las TIC en la gestión, promoción y comercialización de la oferta turística.
c) Gastos relacionados con actualizaciones de páginas web, landing pages, acciones para la mejora del posicionamiento en buscadores SEO, email marketing, marketing digital, plataformas de comercialización, social media, blogs y redes sociales.
d) Gastos derivados de los costes de la pertenencia a grupos de compra y/o gestión de uso de herramientas para la creación de producto turístico y/o de comercialización del destino Galicia.

1.2. Gastos derivados de la transformación digital.
a) Gastos derivados de los costes de las licencias de programas de gestión.
b) Gastos derivados de herramientas de comercialización y de servicios (IATA, AMADEUS, etc.).
c) Gastos por la adquisición de equipamiento informático, software y comunicaciones.
d) Gastos derivados de asistencias en programación, desarrollo y mantenimiento de sistemas de información.
e) Gastos derivados de asistencias para actividades de digitalización (gestión de plataformas, web, creación de contenidos, gestión de redes sociales, community manager, etc.)

PLAZO DE EJECUCIÓN y JUSTIFICACIÓN = Desde 01/01/2022 hasta el 30/10/2022

ANTICIPO = una vez aprobada la ayuda, podrán solicitar un anticipo de un 50% de la subvención concedida, (deberá constituirse una garantía del 110 % del importe de las cantidades anticipadas).


Cuantía de la ayuda

Subvención del 100% del gasto subvencionable con los limites:

  • Hasta 2 trabajad.           Máx. 5.200 €
  • De 3 a 6 trabajad.         Máx. 11.200 €
  • De 7 a 19 trabajad..        Máx. 16.200 €
  • 20 o más trabajad.        Máx. 21.200 €

Si la entidad solicitante tiene más de una sucursal el límite se ampliará:
– Entre 2 y 3 sucursales: 2.000,00 €.
– De 4 o más sucursales: 3.500,00 €.

PRESUPUESTO:
• 650.000€


Beneficiario

1. Las agencias de viajes: empresas turísticas descritas en el artículo 83 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia, tanto en su categoría de mayoristas, minoristas y mayoristas / minoristas, que tengan su domicilio social o fiscal en Galicia.
2. Las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia.
3. Deben estar comprendidas en la definición de pequeña y mediana empresa (PYME)

Las entidades solicitantes deberán mantener su operatividad durante todo el ejercicio del 2022 en la modalidad de atención al público (presencial, telefónica o telemática).


Plazo de solicitud

30/06/2022

En concurrencia NO competitiva
(Por orden de entrada)

Ayuda sujeta régimen MÍNIMIS



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