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Tipo de apoyo

  • Formación para trabajadores ocupados en empresas de sectores estratégicos impartidas entre el 01/08/2019 y 31/10/2020
  • La formación será en horario laboral
  • Formación presencial o mixta (presencial + teleformación (Max 75%)
  • No se subvencionará formación obligatoria para cumplir con normativa de aplicación.
  • Obligatorio incluir un módulo sobre igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y sobre corresponsabilidad familiar y doméstica, (5h para cursos ≤ 50h; y 10h para cursos > 50h)

Máximo 200.000 € de presupuesto subvencionable

 

Línea I. Apoyo para formaciones ya establecidas con un programa que se identificó acorde con las necesidades de la entidad beneficiaria

  • Costes derivados de la participación de trabajadores y trabajadoras de las entidades beneficiarias en acciones formativas preestablecidas y promovidas por 3os.
  • Las acciones formativas deberán ser impartidas por una entidad formadora (pública o privada) y deberán conducir a la obtención de una titulación oficial o certificación reconocida o, en su caso, basarse en un modelo estandarizado
    • las especialidades formativas reconocidas por el SEPE incluidas en el Catálogo de especialidades formativas, s/ art 20 Ley 30/2015,
    • la formación homologada por administraciones públicas u otras entidades acreditadoras y/o certificadoras.
  • Formación impartida en Galicia (se permitirá la impartición fuera si se acredita que en Galicia no existe formación equivalente)
  • No hay mínimo de asistentes
  • Coste mínimo 500 € /alumno (excepto la impartida por instituciones educativas públicas)
  • Gastos elegibles:
    • Coste de la matrícula/alumno
    • Bolsa de viaje para los desplazamientos al lugar de impartición desde centro de trabajo (siempre que sea >100km (ida y vuelta)) + costes de alojamiento y manutención (con unos máximo según distancia) Máximo 20% ppto total de los proyectos línea I

Módulo máximo = 30€/h/alumno presencial (20 €/h/al mixta)

 

Línea II. Apoyo para la implementación de proyectos de formación a medida

  • Actividades formativas diseñadas ad hoc, adaptadas a las necesidades de formación específicas de las entidades solicitantes y que contribuyan a mejorar la cualificación de su plantilla
  • Mínimo 5 personas / curso y máximo 30 (si está vinculada con certificados de profesionalidad max. 25)
  • Duración mínima = 40h/curso
  • No hay ppto mínimo/alumno.
  • Gastos elegibles:
    • Coste de proveedores externos contratados para la realización de las acciones de formación (preparación, impartición, tutoría y evaluación)
    • Coste del personal interno de la empresa encargado de organizar e impartir la acción formativa.
    • Gasto de materiales necesarios para el proyecto (material didáctico, consumibles del curso, incluido material de protección y seguridad)
    • Gastos en seguros de accidentes de los alumnos
    • Gastos de desplazamiento, siempre y cuando la formación no se realice íntegramente en las instalaciones propias de la empresa.

Los costes computables bajo el epígrafe de bolsa de viaje:

  • La ayuda en concepto de alojamiento y manutención tendrá una cuantía de hasta 50,00 euros/día natural.
  • Transporte en vehículo propio tendrá una cuantía máxima por día de asistencia de 0,19 euros por kilómetro.
  • Gastos de asesoramientos.
  • Módulo máximo = 40h/alumno

Cuantía de la ayuda

Máximo 200.000 € de presupuesto subvencionable


Beneficiario

 

  • Las empresas privadas con centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, excepto las personas trabajadoras por cuenta propia, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en la orden.
  • Las agrupaciones de empresas (mínimo, 2 empresas no vinculadas entre sí con necesidades formativas similares), de tal modo que así se pueda alcanzar el número mínimo de alumnado participante que se establece en estas bases. (Max. 10 empresas)

Requisitos = 

    • Último ejercicio cerrado con cifra de negocio = 2 x ppto  acciones de formación.
    • Se establece la obligación de mantenimiento del empleo de las personas receptoras de la formación (mínimo 1 año tras fin acciones formativas apoyadas).
  • Las entidades beneficiarias de esta orden deben pertenecer a alguno de los sectores de actividad considerados como estratégicos por la Agenda de la competitividad de Galicia: Industria 4.0.

SECTORES ESTRATEGICOS:  (ver detalle en bases)

  1. Silvicultura: (CNAE 021-024)
  2. Sector de transformación de la madera (CNAE 16)
  3. Fabricación de componentes electrónicos y ordenadores: (CNAE 261, 262 y 263)
  4. Sector automoción: (CNAE 291, 292 y 293)
  5. Sector naval: (CNAE 301)
  6. Sector aeronáutico: (CNAE 303)
  7. Fabricación de muebles: (CNAE 310)
  8. Edición de programas informáticos (CNAE 582)
  9. Telecomunicaciones: (CNAE 61)

Actividades relacionadas con la informática (CNAE 620, 631 y 951)


Plazo de solicitud

Hasta 01/11/2019. Subvención en régimen de concurrencia competitiva

 



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