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Tipo de apoyo

A-Subvención a la creación directa de empleo estable (entre 30/09/2023-29/09/24): creación de puestos de trabajo estables indefinidos, incluidos los de los propios promotores/las, creados en un centro de trabajo de la C.A. de Galicia antes de transcurrir 1 año desde la fecha de inicio de la actividad, y que sean ocupados por personas desempleadas (inscritas como demandantes de empleo y sin ocupación)

(Es requisito para poder ser beneficiaria de esta subvención que la plantilla, en el mes en que se proceda a la primera contratación por cuenta ajena esté constituida, como mínimo, en un 25 % por personas con titulación universitaria. Deberá existir correspondencia entre la categoría de la titulación académica que posea la persona contratada y la categoría profesional por la que se contrata)

 

B-Ayuda de inicio y puesta en marcha de la actividad: subvención para los gastos para el inicio y puesta en marcha de actividad. Gastos realizados entre el 30/09/2023-29/09/24, que se produzca antes que transcurra 1 año desde el inicio de actividad.

Gastos: Honorarios de notaría y registro, compra de mercancías y materias primas, arrendamiento del local, de maquinaria y de equipos informáticos, gastos del seguro del local, publicidad, página web, posicionamiento web y suministros.

Justificación: 30/11/2024

 

C-Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de los promotores. Servicios de guardería o cuidadores para personas promotoras con hijos <12 años y Coste del centro o de los servicios de cuidado de personas mayores y/o dependientes (grados I, II y III) o con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Gastos entre 30/09/2023-29/09/2024 que se produzcan antes de que transcurra 1 año desde inicio de actividad

 

D-Apoyo a la función gerencial, gasto entre el 30/09/2023-29/09/2024, consiste en las siguientes modalidades:

a) Ayuda para la formación de la persona promotora o empresaria con el fin de obtener o mejorar sus conocimientos sobre la función gerencial.

b) Ayuda por la realización externa de análisis, estudios, informes, u otras formas de asesoramiento sobre la actividad que realiza la IEBT, para que la persona promotora o empresaria pueda disponer de mejor información sobre los bienes o servicios objeto de producción.

Fin plazo Justificación: 30/11/2024


Cuantía de la ayuda

A- Subvención a la creación directa de empleo estable

  • 6.000 €/puesto general
  • 8.000 €/puesto:

1. Mujer
2. Personas jóvenes
3. Personas de 55 años o mas
4. PLD
5. Personas con discapacidad
6. Personas emigrantes retornadas o extranjeras
7. Personas en situación de exclusión social

  • 10.000 €/puesto: personas tituladas universitarias
  • 12.000 €/puesto: personas con título de doctor

+25% /cada colectivo específico:

  • Mujer
  • Centro trabajo en Concello rural *
  • > 45 años
  • Emigrantes retornados
  • Persona Trans

B- Gastos de inicio y puesta en marcha de la actividad

  • 1 puesto = hasta 10.000 €
  • 2 puestos = hasta 18.000 €
  • A partir de 3 puestos = hasta 24.000 €

*En caso de IEBT bajo la forma de cooperativa o soc laboral la ayuda se incrementa un 25%

C- Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de los promotores.

El 75% del coste del servicio de guardería/servicio de cuidado de mayores o dependientes

(Max. 3.000€)

D- Apoyo a la función gerencial

  • El 75% del coste del servicio recibido
    – Apartado a) Max. 5.000€
    – Apartado a) + b) Max. 10.000€

Beneficiario

Empresas privadas, incluidos autónomos, con domicilio fiscal, social y centro de trabajo en Galicia, que se constituyan e inicien su actividad en un plazo no superior a 1 año desde que el proyecto empresarial fue cualificado como Iniciativa de Empleo de Base Tecnológica (IEBT), siempre que la mayoría de la titularidad de la empresa corresponda a las personas físicas promotoras del proyecto empresarial calificado como IEBT y se cumplan los requisitos y condiciones establecidos en esta orden para cada modalidad de ayuda.
Para poder acceder a las distintas modalidades de ayudas de esta orden se deberá crear empleo estable para personas desempleadas.


Plazo de solicitud

El plazo general termina el 30/09/2024

Esta es una ayuda en concurrencia no competitiva (por orden de entrada expdte completo)

Sujetas a mínimis

Presupuesto: 500.000€



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