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Tipo de apoyo
A)BONO DE CONTRATACIÓN: Contrataciones entre 01/10/19 y 30/09/20 de personas discapacitadas > 33% o en riesgo de exclusión social:
a) Indefinidas iniciales
b) Temporales con una duración inicial mínima de 3 meses
c) Transformación de contratos temporales en indefinidos, a tiempo completo o a tiempo parcial. No serán subvencionables los contratos de formación y aprendizaje.
Exclusiones:
- Los contratos con familiares de hasta 2º grado.
- Las contrataciones de trabajadores que en los últimos 3 meses hayan trabajado en la misma empresa con contrato temporal o contrato formativo.
- Los contratos de trabajadores que en los 24 meses anteriores hayan trabajado en la misma empresa con contrato indefinido.
- Las personas que terminen una relación laboral indefinida en otra empresa en los 3 meses previos a la formación del contrato.
B) BONO DE FORMACIÓN: (OPCIONAL), dirigido a las personas contratadas en el apartado
A) indefinidas o temporales, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.
- mínimo 70h en caso de contratos indefinidos y 50 h en caso de temporales mínimo 6 meses contrato, de formación teórica en contenidos relacionados con el puesto de trabajo
- Impartida como máximo hasta el 30/11/20
- Impartida con medios propio o ajenos, y en instalaciones propias o ajenas.
- Excluida: formación PRL y la tele-formación o formación a distancia.
C) BONO DE EMPLEO CON APOYO: para financiar los costes laborales y de SS derivados de la contratación de los preparadores/as laborales que lleven a cabo las acciones de empleo con apoyo.
a) Orientación, asesoramiento y acompañamiento a la persona trabajadora apoyada, elaborando para cada trabajadora un programa de adaptación al puesto de trabajo.
b) Labores de acercamiento y mutua ayuda entre la persona trabajadora beneficiaria del programa de empleo con apoyo, el empleador o empleadora y el personal de la empresa.
c) Apoyo a la persona trabajadora en el desarrollo de habilidades sociales y comunitarias, de modo que se pueda relacionar con el entorno laboral en las mejores condiciones.
d) Entrenamiento específico de la persona trabajadora apoyada en las tareas inherentes al puesto de trabajo.
e) Seguimiento de la persona trabajadora apoyada y evaluación del proceso de inserción en el puesto de trabajo.
f) Asesoramiento e información a la empresa sobre las necesidades y los procesos de adaptación del puesto de trabajo
Cuantía de la ayuda
A)BONO DE CONTRATACIÓN:
a) Contr. indefinidas: 16.000€/persona JC con discapacidad o riesgo de exclusión (en caso de fijos discontinuos será la parte proporcional)
b) Contrataciones temporales:
- 2.000€/contrato min. 3 meses
- 4.000€/contrato min. 6 meses.
- 8.000€/contrato min. 12 meses.
a y b) con +25% adicional: Mujer, > 45 años, emigrante retornada, Trabajo situado en ayuntamiento rural, Trans, Empresa con más de 50 trabajadores y tasa de estabilidad >70%, Actividad de la empresa es ámbito de sectores estratégicos.
a y b) DISCAPACITADOS= +1.000 € para adaptación puesto la adaptación de los puestos de trabajo o por la dotación de EPIS, o por eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad.
c) Transformación. A indef: 6.000 € / JC (si es Jornada Parcial = ayuda proporcional).
B) BONO DE FORMACIÓN:
- 4.000€/persona con contrato indefinido inicial.
- 2.000€/persona con contrato temporal inicial con duración mínima 6 meses.
C) BONO DE EMPLEO CON APOYO:
- 8.500€/año discapacidad mental >65%
- 5.500€/año discapacidad mental >33% e <65%
- 3.500€/año discapacidad. física o sensorial >65%, personas sordas y con discapacidad auditiva >33 % y personas en situación o riesgo de exclusión social.
+25% adicional: Mujer, > 45 años, emigrante retornada, Trabajo situado en ayuntamiento rural, Trans, Empresa con más de 50 trabajadores y tasa de estabilidad >70%, Actividad de la empresa es ámbito de sectores estratégicos.
- 2.500€/preparador laboral en concepto de costes de desplazamiento si el preparador cumple con los requisitos (ver en el resumen) y si las empresas están en distintos ayuntamientos.
Beneficiario
Las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las S.C. y las C.B., aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten personas desempleadas por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Plazo de solicitud
Desde 01/10/2019 hasta el 30/09/2020. En concurrencia no competitiva (Por orden de entrada). Sujeta a régimene de mínimis