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Tipo de apoyo

Ayudas para la contratación indefinida inicial, para la contratación temporal a tiempo completo con una duración inicial de 12 meses y para la formación, de Personas Paradas de Larga Duracion (PLD) realizadas entre 01/10/2019-30/09/2020.

PLD = inscrito en  SEPE 12 meses durante los 18  meses anteriores a su contratación

  1. BONO DE CONTRATACIÓN, por medio del cual se proporcionará una subvención para la contratación indefinida inicial y la temporal con una duración mínima inicial de 12 meses de las personas desempleadas de larga duración.

* Contrataciones fijos-discontinuos = será proporcional al tiempo de trabajo.

  1. BONO DE FORMACIÓN (opcional) dirigido a las personas contratadas por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.
  • Acción formativa = mín. 70 horas – contratos indefinidos iniciales y mín. 50 horas – contratos temporales
  • tendrá lugar dentro de los 3 primeros meses de formalización del contrato con los siguientes máximos:
    • contratos entre 01/10/19-07/01/20 = hasta max 07/04/20
    • contrato desde 08/01/20-30/09/20 = hasta max 30/11/20.
  • Impartida con medios propio o ajenos, y en instalaciones propias o ajenas.
  • Queda excluida de este bono de formación aquella que suponga el cumplimiento de obligaciones legales empresariales en materia preventiva a la que hace referencia el artículo 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Cuantía de la ayuda

CONTRATACIÓN

Entre 5.000 y 25.000 €(por trabajador)

  • 5.000 €/ puesto – contratación temporal
  • 10.000 €/ puesto – contratación indefinida:

+25% /cada colectivos específico (acumulativos):

  • > 45 años
  • Centro trabajo en Ayuntamiento rural *
  • Emigrantes retornados
  • Persona trans
  • Empresa >50 trab. Tasa Estab. ≥70%
  • Actividad sector estratégico

 

FORMACIÓN

  • 2.000 €/puesto – contratación temporal
  • 4.000 €/ puesto – contratación

Beneficiario

Personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten personas desempleadas de larga duración por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

 

Las empresas que tengan 50 o más personas trabajadoras deberán cumplir la cuota de reserva para personas con discapacidad, conforme se dé ocupación, al menos, al 2 % de trabajadores y trabajadoras con discapacidad sobre el total de las personas trabajadoras


Plazo de solicitud

Contrataciones realizadas:

  • entre 01/10/19-07/01/20 = hasta 07/03/20
  • entre 08/03/20-30/09/20= ultimo dia del 2º mes de la contratación

(max. 30/09/20)

 

Ayudas en régimen en concurrencia no competitiva (Por orden de entrada). Mínimis



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