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Tipo de apoyo

Estas ayudas directas tendrán carácter finalista y deberán aplicarse a satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan generado entre el 1/03/2020 – 30/09/2021 y procedan de contratos anteriores al 13/03/2021.

Gastos subvencionables para:

  1. El pago de la deuda con proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros
  2. Compensación de los costes fijos incurridos. Se incluyen las pérdidas contables propias de la actividad empresarial que no hayan sido cubiertas por estas u otras ayudas.

La fecha de nacimiento de los compromisos contractuales y la fecha de nacimiento de la obligación de pago se justificarán con la fecha que se señale en el contrato de referencia y/o factura correspondiente.

En primer lugar e deberán satisfacer los pagos de las deudas a proveedores y otros acreedores no financieros por orden de antigüedad. Si, procede, en 2º lugar, se reducirá la deuda con acreedores financieros, primando la reducción de la deuda con aval público. Por último, podrá destinarse el remanente de la ayuda a compensar los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos hayan sido generados entre las fechas señaladas anteriormente. Se incluyen las pérdidas contables propias de la actividad empresarial que no hayan sido cubiertas por estas u otras ayudas.

 

Periodo justificación = 3 meses desde la recepción de la ayuda

 

En los casos en los que el importe de la ayuda sea superior a 30.000 € y se haya imputado compensación de pérdidas contables, el plazo máx. justif. =01/07/2022.

 

Compromisos:

  • Mantener la actividad hasta el 3 /06/2022.
  • No repartir dividendos durante los años 2021 y 2022.
  • No aprobar incrementos en retribuciones del alta dirección durante un período de 2 años.

La documentación justificativa a que se refieren los números anteriores deberá aportarse antes del 30 de diciembre de 2022.


Cuantía de la ayuda

 

  • Empresarios o profesionales que apliquen en el régimen de estimación objetiva: Max. 3.000€
  • Restantes personas trabajadoras autónomas, empresarias o profesionales y empresas la ayuda máxima total concedida no podrá superar:
    1. 200.000 euros.
    2. Caída del volumen de operaciones:
      CAIDA VOLUMEN de operaciones del 2020 respecto2019) CAIDA FACT en ese periodo EMPLEO
      Que no supere 40% Que supere 30% Máx 10 empleados
      Que no supere 20% Que supere 30% >  10 empleados

      Mín 4.000 €

    3. El importe de gastos subvencionables
  • Para autónomos de temporada el importes será el 50% de las cantidades indicadas anteriormente

Beneficiario

  1. Todas las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA o en el rég. del mar como trabajadores por cuenta propia y profesionales (en su caso, mutualistas) y que tengan el domicilio fiscal en Galicia y ejerzan actividad económica.
  2. Todos los incluidos en el punto 1 (anterior) que además tengan una caída del volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el impuesto sobre el valor añadido o tributo indirecto equivalente, de más de un 30 % en el año 2020 respecto del año 2019,
  3. Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas de temporada, siempre que acrediten que continúan con su actividad, aunque no estén de alta en el momento de presentación de la solicitud y estén de alta un mínimo de 4 meses y un máximo de 9 meses en alguno de los años 2019 o 2020.
  4. Trabajadores autónomos y empresas dadas de alta o creadas entre el 01/01/2019 y el 31/03/2020 y    empresas que hayan realizado una modificación estructural de la sociedad mercantil entre el 01/01/2019 y el 31/12/2020.

A los efectos de esta orden, a las personas trabajadoras autónomas que estén de alta durante un período superior a 9 meses se les aplicará el régimen general y no el de temporada.


Plazo de solicitud

La fecha fin plazo de solicitud de esta ayuda será el 29/11/2021 con las siguientes características:

  • Tipo de ayuda: En concurrencia no competitiva (Por orden de entrada)
  • Régimen marco temporal
  • El plazo máximo para resolver y notificar es el 31/12/2021

Presupuesto: 134.470.880 €



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