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Tipo de apoyo
Apoyo a la transformación en cooperativas o sociedades laborales de los negocios sin relevo generacional, de todo tipo de sociedades y de las personas trabajadoras autónomas, que ya estén ejerciendo una actividad económica.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:
- Asesoramiento legal para la constitución de la cooperativa o de la sociedad laboral, así como para la transformación en una de estas entidades de economía social. Los gastos de registro, notaría y los informes legalmente preceptivos para el proceso de transformación.
- Creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad.
- Obtención de certificaciones de calidad.
- Marketing, comunicación o relanzamiento comercial.
- Plan de protección de datos.
- Equipamiento informático.
- Adquisición y desarrollo de software y páginas web.
- Mejora en la eficiencia energética.
- Adquisición de equipamiento.
- Reforma del local de negocio.
- Mobiliario.
- Elementos de transporte.
Plazo de ejecución: Desde el 01/11/2023 hasta 31/10/2024
Plazo justificación: plazo indicado en la resolución (máx. 10/11/2024)
ANTICIPO: de hasta el 80% sin garantía
Cuantía de la ayuda
CUANTIA AYUDA: 80%
Limites
4.000 € para gastos incluidos en el concepto 1
5.000 € para cada uno de los gastos incluidos en los conceptos 2, 3, 4 y 5 del artículo 6.
Limite por entidad: 50.000,00 €
Incrementos +3.000€
(máx. incrementos 24.000€)
- a) Que la sede social en un ayuntamiento rural.
- b) Que estén formadas mayoritariamente por mujeres.
- c) Que en la actividad económica de la nueva entidad beneficiaria las mujeres contratadas en los grupos ocupacionales se encuentren subrepresentadas.
- d) Que estén formadas mayoritariamente por personas menores de 30 años en la fecha de solicitud de la ayuda.
- e) Que estén formadas mayoritariamente por personas emigrantes retornadas.
- f) Que estén formadas mayoritariamente por personas mayores de 45 años.
- g) Que estén formadas mayoritariamente por personas con discapacidad.
- h) Que estén formadas mayoritariamente por personas trans.
PRESUPUESTO:
2.370.000€
Anticipo: hasta el 80%
Beneficiario
Se podrán acoger a las subvenciones recogidas en esta orden, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos, las sociedades laborales o cooperativas que surjan de alguno de los procesos que se detallan a continuación:
Constitución por ausencia de relevo generacional: de sociedad laboral o de cooperativa integradas total o parcialmente por las personas trabajadoras cuyos contratos resultan extinguidos por causa de crisis o jubilación de su persona empleadora (sociedades de capital, sociedades civiles, personas autónomas y asociaciones que hayan estado desarrollando una actividad económica)
Constitución por personas autónomas: de sociedad laboral o de una cooperativa que estén integradas en su totalidad por personas trabajadoras autónomas que ya estuvieran realizando una actividad laboral y, por lo tanto, en situación de alta en el correspondiente régimen.
Constitución por transformación:
1) Transformación de todo tipo de sociedades en cooperativas o sociedades laborales.
2) Procesos de adquisición de la totalidad del capital integrante de una sociedad mediante compraventa de sus participaciones o acciones por parte, fundamentalmente, de sus personas trabajadoras, con la finalidad de llevar a término la continuación total o parcial de su objeto social y de transformación en una sociedad laboral o en una cooperativa.
Plazo de solicitud
16/09/2024 (a las 23.59h)
Por orden entrada de expediente completo
(Hasta agotar crédito)
(Ayuda sujeta régimen MÍNIMIS)