Volver al listado de Subvenciones
Tipo de apoyo
Son subvencionables proyectos tractores que tengan un efecto transformador en el sector turístico gallego y la puesta en valor de elementos patrimoniales singulares de Galicia, con los objetivos de ampliar la oferta de alojamiento y de restauración y promover un turismo sostenible en el entorno del Camino de Santiago en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Existen 2 TIPOLOGÍAS de proyectos:
A. Proyectos tractores de competitividad y sostenibilidad turística.
Se trata de proyectos tractores que contribuyan a la transición verde y a la creación de empleo en el entorno del Camino de Santiago. Los nuevos establecimientos turísticos deberán situarse en infraestructuras emblemáticas del patrimonio arquitectónico o etnológico de Galicia. Se deben cumplir con al menos 2:
- Creación de por lo menos 5 puestos de trabajo directos.
- Creación de vínculos con agentes públicos y privados del territorio.
- Creación de un nuevo establecimiento turístico que promueva el turismo sostenible.
B. Proyectos tractores dinamizadores del turismo cultural
Se trata de proyectos tractores que compatibilicen la creación de oferta de alojamiento o de restauración con la puesta en marcha de un proyecto cultural dinamizador del turismo en la región. Los proyectos deberán cumplir la totalidad de los siguientes requisitos:
- La creación del establecimiento turístico debe ir aparejada a la puesta en valor y mejora o rehabilitación de un bien de interés cultural (BIC).
- Por lo menos un 80 % de la capacidad temporal o espacial anual se destinará a fines culturales.
Se pueden diferenciar 3 LÍNEAS de gasto subvencionable para cada proyecto:
- Línea 1: Rehabilitación sostenible de edificios y adaptación de infraestructuras emblemáticas.
Gastos subvencionables:
-
- Reforma y rehabilitación sostenible de edificaciones, respetuosa con el entorno y adaptada a sus condiciones, ahorrando recursos mediante el empleo de materiales de bajo impacto ambiental y aumente la vida útil del edificio.
- Equipamiento necesario para la puesta en marcha del alojamiento turístico (materiales de bajo impacto ambiental).
- Línea 2: Medidas de eficiencia energética en edificios emblemáticos.
Gastos subvencionables:
-
- Obras para la mejora de la envolvente térmica del edificio: carpinterías, fachada, tejado.
-
- Luminarias, lámparas y equipo: instalación o sustitución.
-
- Instalación de equipamientos para la producción de energía renovable (energía solar térmica, biomasa, aerotermia, geotermia y energía fotovoltaica).
Las actuaciones deberán contribuir a una reducción de por lo menos un 30 % en las emisiones de gases efecto invernadero.
- Línea 3: Mejora de la accesibilidad de edificios emblemáticos.
Gastos subvencionables:
-
- Gastos de obra y reforma que favorezcan la accesibilidad de los ciudadanos al establecimiento.
- Instalaciones y bienes de equipamiento precisos que faciliten la accesibilidad y movilidad en la edificación.
Se consideran subvencionables los gastos de elaboración del proyecto, por un importe del 3 % de la inversión hasta un máximo de 10.000 €.
NO son gastos subvencionables:
a) Autorizaciones administrativas, licencias, permisos, coste de avales y/o fianzas, multas, tasas; b) Gastos asociados a gestiones, contrataciones, consultas o trámites administrativos, aun siendo necesarios para la obtención de permisos o licencias; c) Gastos recurrentes o de mantenimiento.; d) Seguros suscritos por la persona solicitante.; e) Costes financieros.; f) Costes asociados a sanciones penales, así como gastos de procedimientos judiciales.; g) Licencias destinadas a sistemas operativos y aplicaciones ofimáticas.; h) La vigilancia y seguridad durante la ejecución de la obra hasta la fecha de puesta en marcha.; i) Los costes de personal propio.; j) Los gastos que no sean necesarios para el desarrollo del proyecto.; k) El impuesto sobre el valor añadido (IVA).
PLAZOS:
- PLAZO EJEC =
- Proyectos tractores de competitividad y sostenibilidad turística: 20/11/2023 hasta 31/10/2025.
- Proyectos dinamizadores del turismo cultural: 01/01/2023 hasta 31/10/2025.
- PLAZO JUSTIF= 31/10/2025.
- PLAZO RESOLUCION= 4 meses desde la presentación de la solicitud.
Cuantía de la ayuda
TIPOLOGÍA A.
- 35 % pequeñas empresas.
- 25 % medianas empresas.
- 15% grandes empresas.
TIPOLOGÍA B.
Máx. 80 % de los costes subvencionables hasta 2.200.000 € por proyecto.
ANTICIPO = hasta 30% tras resolución (con garantía bancaria 110% importe anticipado).
CONDICIÓN: los proyectos presentados deberán ascender a un mínimo de 300.000 € de inversión para el conjunto de las 3 líneas.
PPTO CONV:
LINEAS | AÑO 2024 | AÑO 2023 |
Línea 1 | 400.000 | 3.408.549,89 |
Línea 2 | 300.000 | 937.859,40 |
Línea 3 | 200.000 | 110.694,78 |
Beneficiario
Podrán ser beneficiario las PYMES y las grandes empresas que proyecten llevar a cabo una inversión para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia. Tales como: establecimientos hoteleros, apartamentos, viviendas turísticas, establecimientos de turismo rural, albergues turísticos y establecimientos de restauración (restaurantes, cafeterías, bares).
No podrán obtener la condición de beneficiaria:
- Aquellas entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
- Las empresas que se encuentren en crisis.
- Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les fuera otorgada con anterioridad.
- Las empresas que entren dentro del ámbito de aplicación de las medidas de lucha contra la morosidad cuando incumplan los plazos de pago respecto a la cuantía + de 30.000€.
Aquellas entidades que hayan sido sancionadas con carácter firme por infracción grave o muy grave en materia de turismo por la Agencia Turismo de Galicia en los últimos 2 años.
Plazo de solicitud
Desde 20/11/2023 hasta 18/03/2024
Proc. en concurrencia NO competitiva (por orden de entrada de expediente completo).