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Tipo de apoyo
Fomentar la cooperación entre las pymes y los demás agentes del Sistema Regional de Innovación, a través del apoyo a proyectos colaborativos empresariales de Investigación, Desarrollo e Innovación orientados al mercado y alineados con los retos y prioridades definidas en el marco de la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3) de Galicia 2021-2027.
Presupuesto subvencionable entre 500.000 € – 1.500.000€. Participación mínima 75.000 € por cada miembro de la agrupación.
CATEGORÍAS DE LOS PROYECTOS:
- Investigación industrial con colaboración efectiva entre empresas, de las cuales al menos una debe ser una PYME y ninguna empresa puede asumir en solitario más del 70% de los costes subvencionables
- Desarrollo experimental con colaboración efectiva entre empresas, de las cuales al menos una debe ser una PYME y ninguna empresa puede asumir en solitario más del 70% de los costes subvencionables.
- Innovación organizativa o de procesos. En el caso de grandes empresas, solo cuando colaboren eficazmente con una o más pymes, que deben asumir al menos el 30 % de los costes totales subvencionables del proyecto.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
COSTES DIRECTOS:
- Costes de personal, propio o de nueva contratación, se regirán por el dispuesto en el artículo 9 de esta convocatoria.
- Costes de equipamiento y material instrumental de nueva adquisición. Si el material no se utiliza durante toda su vida útil para el proyecto, se considerará subvencionable el coste de amortización correspondiente a la duración del proyecto.
- Costes de materiales, suministros y productos similares, de naturaleza consumible.
- Costes de adquisición de patentes o patentes obtenidas mediante licencia externa a la entidad solicitante.
- Subcontrataciones: aquellas actuaciones contratadas con terceros, que supongan la ejecución de una parte de la actividad investigadora que constituye el objeto de la subvención. Se regirán por lo dispuesto en el artículo 13 de las bases. La subcontratación máxima será del 50 % del importe de la actividad subvencionada.
- Coste de obtener un informe de evaluación sobre el cumplimiento del principio de no causar daños significativos al medio ambiente (DNSH) a través de una entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (en adelante, ENAC). Este coste será subvencionable para el líder del consorcio con un límite máximo de 2.000 euros por proyecto.
- Coste de la contratación externa para la ejecución del plan de comunicación y difusión también será subvencionable. El límite máximo será de 5.000 euros por beneficiario para el total del proyecto.
COSTES INDIRECTOS:
Se considerarán subvencionables los costes indirectos, que son aquellos que no están vinculados o no pueden vincularse directamente con la actividad subvencionada por tener carácter estructural, pero resultan necesarios para su realización, en los que se incluyen los gastos administrativos (tales como gestión administrativa y contable), gastos de supervisión y control de calidad, suministros (tales como agua, electricidad, calefacción y teléfono), seguros, seguridad o gastos de limpieza.
| Plazos de ejecución: | Plazos de justificación: | |
| 2025 | Desde solicitud ayuda hasta el 31/12/2025 | hasta el 31/01/2026 |
| 2026 | Desde 01/01/2026 hasta el 31/12/2026 | hasta el 31/10/2026 |
| 2027 | Desde 01/11/2026 hasta el 31/10/2027 | hasta el 30/11/2027 |
| 2028 | Desde 01/11/2027 hasta el 30/09/2028 | hasta el 15/10/2028 |
Anticipo: hasta el 100% de la anualidad 2025 y 2026 y hasta el 50% de las sucesivas. El pago total de los anticipos no puede superar el 90%.
Cuantía de la ayuda
| P.E. | M.E. | G.E. | |
| Investigación industrial | 60% | 60% | 60% |
| Desarrollo experimental | 60% | 50% | 40% |
| Innovación organizativa/ procesos | 50% | 50% | 15% |
Presupuesto: 28.000.000€
2025: 520.000€
2026: 7.400.000€
2027: 12.400.000€
2028: 7.680.000€
ANTICIPOS
Anualidad 2025/2026: hasta 100%
Siguientes anualidades: hasta 50%
Beneficiario
Agrupaciones de empresas pequeñas, medianas o grandes con centro de trabajo en Galicia que realicen proyectos de I+D+i en colaboración.
Puede incluirse 1 Gran Empresa con una participación máxima del 30% del presupuesto subvencionable. Las agrupaciones deberán estar constituidas como mínimo por 3 empresas y como máximo por 6 y contará al menos con dos empresas independientes entre sí.
EXCLUSIONES:
- Las personas o entidades que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007.
- Empresas en crisis, de acuerdo a la definición establecida en el reglamento (UE) 651/2014
Para subvenciones de importe superior a 30.000 €, las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y sus posteriores modificaciones, cuando las personas solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la citada Ley 3/2004.
Plazo de solicitud
Desde 13/08/2025 (00:00h)
Hasta 22/09/2025 (23:59h)
En concurrencia competitiva
(Por puntos)
Mínimo 60 puntos



