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Tipo de apoyo

Proyectos para inversiones en zonas rurales (parroquias) por importe de 20.000-300.000€ en actividades no agrícolas mediante apoyo a:

 

Adquisición de bienes de equipo con el objetivo de mejorar, ampliar y/o modernizar pequeñas empresas que desarrollan actividades productivas no agrarias en los siguientes sectores y ámbitos de actividad:

  1. Industrias, fábricas y locales destinados a la producción de bienes y materiales.
  2. Transformación y/o comercialización de productos agrarios.
  3. Prestación de servicios en cualquier sector económico, con exclusión de las empresas de servicios agrícolas y forestales y de las empresas de servicios energéticos, así como empresas que presten servicios en los sectores de hotelería, hostelería y restauración.
  4. Prestación de servicios sociales (guarderías, cuidado de ancianos, de personas con discapacidad, granjas escuela…).
  5. Actividades de ocio, recreativas y deportivas.
  6. Artesanía y actividades artesanales.
  7. Actividades en los sectores de la ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial y veterinaria.
  8. Comercio al por menor.

 

*Zonas rurales =Son subvencionables todas las parroquias gallegas excepto las ZDP (zonas densamente pobladas) ***

 

Gastos Subvencionables: Compra de maquinaria y equipos nuevos afectos a la actividad empresarial, y que sean necesarios para la actividad productiva de la empresa (Min. 20.000 – Max. 300.000) No serán subvencionables las inversiones realizadas con carácter previo a la presentación de la solicitud.

Plazo ejecución y justificación: Desde la solicitud de la ayuda hasta máx. 15/10/2026.


Cuantía de la ayuda

50% de los gastos subvencionables

Presupuesto: 2.700.000 €


Beneficiario

Los solicitantes deberán estar situados la razón social o centro de trabajo en zonas rurales* y constituidas con anterioridad al 01/09/2025.

  • Micro y Pequeñas empresas (no C.B. y otras empresas sin personalidad jurídica)
  • Personas físicas que residan en zona rural
  • Titulares de una explotación agraria (inscritas en el REAGA y con calificación de explotación agraria prioritaria), o miembros de su unidad familiar hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación.

Las personas solicitantes deberán disponer de las autorizaciones, permisos y/o licencias administrativas preceptivas.

Se excluyen:

  • las empresas que operan en el sector de la pesca y la acuicultura, ni las que están dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas y ganaderos.
  • aquellas empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 31 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, para subvenciones de importe superior a 30.000 €.

Plazo de solicitud

20/01/2026 (00:00 h) – 19/02/2026 (23:59 h)

Concurrencia competitiva

(Min 30 puntos)

Minimis

 

 



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