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Tipo de apoyo

Para actuaciones subvencionables localizadas en el ámbito territorial elegible de aplicación de la estrategia de desarrollo local del GDR correspondiente. (Consultar en: Baremos GDR | AGADER )

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES según naturaleza del proyecto: 

A Proyectos productivos (con finalidad lucrativa):

  • Inversiones en el sector de la producción agraria primaria
  • Inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios.
  • Inversiones en transformación y comercialización de productos forestales. (15%-40% máx. 200.000)
  • Inversiones que supongan la creación, modernización o ampliación de todo tipo de empresas que desarrollen actividades no agrarias.

B Proyectos no productivos (sin finalidad lucrativa)

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. Construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles.
  2. Adquisición de terrenos (límite del 10 % del total de los gastos subvencionables)
  3. Adquisición de maquinaria y equipos nuevos. (También podrán ser subvencionables los gastos en arrendamientos financieros con opción de compra de adquisición de activos subvencionables)
  4. Inversiones intangibles (adquisición y el desarrollo de programas informáticos, así como la creación de páginas web, estudios, publicaciones e inversiones necesarias para la digitalización del proceso productivo o la gestión de la actividad económica)
  5. Costes generales vinculados a los gastos de inversión, (honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y ambiental, incluidos los estudios de viabilidad. no podrán superar el 12 % del coste total subvencionable de las operaciones de inversión a los que estén vinculado).
  6. Los gastos notariales y registrales, gastos de expedición de permisos y licencias, adquisición de patentes y licencias, derechos de autor y marcas registradas.La suma de los gastos señalados en este apartado junto con la suma de los gastos en costes generales señalados en el apartado anterior no podrá superar el 20 % del conjunto de los gastos subvencionables del proyecto.
  1. Medios y equipos de transporte

BONO ACTIVA RURAL

Ayuda destinada a la creación y puesta en marcha de actividades no agrarias en zonas rurales por parte de personas físicas que se den de alta en el RETA y generen una actividad empresarial a título individual en la que se cree por lo menos un puesto de trabajo.

La ayuda no estará vinculada a la justificación de ningún gasto o inversión, sino que se vinculada al mantenimiento de la actividad y cumplimiento del plan empresarial presentado durante por lo menos 5 años desde la fecha de alta censal.

Este plan empresarial deberá demostrar la viabilidad económica y técnica de la empresa, apoyándose para eso en las condiciones de mercado. Los proyectos que se beneficien de esta modalidad de ayuda concurrirán con los demás proyectos de naturaleza productiva que se presenten al amparo de las diferentes convocatorias

PLAZOS EJECUCIÓN/JUSTIFICACIÓN: Desde la realización del acta de no inicio realizada por el GDR hasta:

Anualidad 2026: 30 de diciembre de 2026.

Anualidad 2027: 1 de julio de 2027.

Aualidad 2028: 15 de septiembre de 2028.

Plazo máximo de ejecución y justificación de los gastos e inversiones no excederá de 18 meses.

 

PLAZO PARA RESOLVER Y NOTIFICAR:   6 meses a partir de la fecha presentación de solicitud.

Los proyectos no pueden estar iniciados antes de la presentación de la solicitud de la ayuda. El acta de no inicio (ANI), realizada por el equipo gestor del GDR, se realizará en el plazo de los 10 días siguientes al del registro de la solicitud de ayuda. En el caso de que el solicitante desee iniciar la ejecución del proyecto antes de la realización de la citada comprobación, y una vez presentada la solicitud de ayuda, deberá presentar un acta notarial en la que se refleje de modo fidedigno el no inicio de las inversiones para las que se solicita la ayuda.

La compra de terrenos y los trabajos preparatorios, como la obtención de permisos y la realización de estudios de viabilidad, no tendrán la consideración de inicio de los trabajos


Cuantía de la ayuda

LEADER:

PROY. PRODUCTIVOS  15% – 50%***

(Máx. 200.000 €)

PROY. NO PRODUCTIVOS  30% – 90%

(Máx. 200.000 €)

 

BONO ACTIVA RURAL

Hasta 18.000 € a pagar en 2 anualidades

 

ANTICIPO: hasta 50 % del importe de la subvención total concedida.

 

Presupuesto : 28.750.000€

  • 2026:  2.875.000€
  • 2027: 11.500.000 €
  • 2028: 14.375.000 €

 Distribuido entre los grupos de desarrollo rural (Anexo I)

 


Beneficiario

Personas Beneficiarias: (teniendo en cuenta las particularidades que se establecen incluidas en el capítulo II)

  1. Las personas físicas o jurídicas de carácter privado
  2. Las entidades públicas de carácter local o comarcal: ayuntamientos, mancomunidades, consorcios y entidades dependientes de las anteriores.
  3. Las comunidades de montes vecinales en mano común y sus mancomunidades.

 

Requisitos de los beneficiarios:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas pendientes de ninguna naturaleza con la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • No estar incursa en ninguno de los supuestos previstos en los párrafos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (LSG) y en particular, no haber sido condenado mediante sentencia firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas.
  • Cumplir los requisitos de PEQUEÑA EMPRESA (anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014) = Emplear a menos de 50 personas y Tener un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supere los 10 millones de €. Este requisito se exceptúa para las entidades públicas locales, así como para los beneficiarios de las ayudas a proyectos no productivos regulados en el artículo 16 de las bases reguladoras
  • Cumplir los demás requisitos que, en función de la tipología de proyectos, se especifican en el capítulo II de las bases reguladoras

Plazo de solicitud

Desde 03/02/2026 hasta 03/04/2026

En concurrencia competitiva

 (por puntos)

Sujeta a Minimis



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