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Tipo de apoyo

Préstamos directos del IGAPE para apoyar financieramente proyectos de desarrollo tecnológico e innovación de las empresas en Galicia.

GASTOS SUBVENCIONABLES

a) Activos fijos materiales necesarios para el desarrollo del proyecto, tales como bienes de equipo, instalaciones técnicas, equipos para procesos de información o datos, instrumental, útiles, moldes, etc.

b) Activos intangibles, tales como patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual, así como software específico necesario para el proyecto.

c) Otros gastos en desarrollo e innovación, que incluirán:

    • Costes de investigación contractual y costes de consultoría u otros servicios externos necesarios para el desarrollo del proyecto.
    • Materiales y consumibles necesarios para el desarrollo del proyecto.
    • Gastos de personal dedicado al desarrollo del proyecto (investigadores, desenvolvedores técnicos y demás personal auxiliar). Serán financiables en la medida en la que se incurriera en ellos efectivamente y se justifiquen mediante los correspondientes documentos acreditativos del gasto y del pago. Los costes de personal correspondientes a individuos que trabajan a tiempo parcial en la operación podrán calcularse como un porcentaje fijo de los costes salariales brutos reales, en consonancia con un porcentaje fijo de tiempo trabajado en la operación al mes, sin la obligación de establecer un sistema independiente de registro de tiempo de trabajo. En este último caso, cuando no se establezca un registro independiente de tiempo, el empleador emitirá un documento para los empleados en el que se establecerá este porcentaje fijo que debe dedicar el trabajador a la operación. Solo serán financiables los gastos del personal que, estando relacionado con la operación, sean necesarios para su ejecución.

Se consideran costes de personal financiables los costes brutos de empleo del personal de la persona beneficiaria. Estos gastos incluyen:

i.- Los sueldos y salarios fijados en un contrato de trabajo, en una decisión de nombra miento (acuerdo laboral) o en la ley, que tengan relación con las responsabilidades especificadas en la descripción del puesto de trabajo correspondiente;

ii.- y otros gastos soportados directamente por el empleador como cotizaciones sociales, así como otras prestaciones en favor de los trabajadores que sean obligatorias en virtud de ley o convenio o habituales atendiendo a los usos del sector y siempre que no sean recuperables

Se admitirán los costes del desarrollo del proyecto realizado por los socios y/o administradores de la solicitante, debidamente justificados mediante las correspondientes nóminas y con una declaración responsable del porcentaje de dedicación a los trabajos realizados para el proyecto. Con independencia del porcentaje de dedicación declarada, el gasto subvencionable por este concepto no superará el que corresponda al 30 % de dedicación.

 

PROYECTOS FINANCIABLES

Los proyectos de desarrollo e innovación deberán ser realizados mayoritariamente en centros de trabajo situados en Galicia. Tendrán consideración de proyectos financiables los que se encuentren en alguno de los siguientes TRL (Technology Readliness Levels) referidos al nivel de madurez de una tecnología:

  • TRL5: validación de componentes y/o disposición de estos en un entorno relevante
  • TRL6: modelo de sistema o subsistema o demostración de prototipo en un entorno relevante.
  • TRL7: demostración de sistema o prototipo en un entorno real.
  • TRL8: sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones.
  • TRL9: sistema probado y validado en el mercado. Podrán ser financiados proyectos de desarrollo de productos TIC, siempre que no sean desarrollados en exclusiva y a medida para un cliente único ni para uso propio interno exclusivo.

Plazo de ejecución de los proyectos: Desde 01/01/2026 hasta la fecha establecida en el acuerdo de concesión. Sin exceder el 30/11/2027.

Plazo máx. para disponer de los fondos obtenidos de los préstamos= desde presentación de solicitud hasta plazo establecido en resolución de concesión.

Plazo amortización y carencia= Ajustados al plan económico-financiero y a la vida útil de los bienes gananciales, con un máximo de 12 años, pudiendo incluir carencia en la amortización de principal ajustada al período necesario para el desarrollo y puesta en el mercado del proyecto a desarrollar, con un máximo de 4 años

Tipo de interés: Tipo base (Euribor a 1 año) + Márgenes según calificación del riesgo y garantías.

Bonificación: Hasta un 5%, sin poder resultar nunca tipo de interés inferior a 0%.


Cuantía de la ayuda

Las actuaciones deberán presentar un coste financiable igual o superior a 75.000 € más impuestos.

COSTE FINANCIABLE

 El importe mínimo del préstamo será de 75.000 € y el máximo de 1.500.000 €. En ningún caso superará el 100 % del coste de la actuación financiable.

 

Los préstamos serán compatibles con cualquier otra ayuda.

Para los casos en los que se considere ayuda implícita, serán compatibles con otras siempre y cuando el importe conjunto no supere los límites máximos de intensidad de la ayuda resultantes de la normativa de aplicación

La solicitud expresa de la titular y con carácter previo a la formalización del préstamo, po­drá renunciar a la ayuda implícita, para poder combinar y compatibilizar la financiación con otras ayudas públicas. En este supuesto, y en caso de que el préstamo ya estuviera con­cedido, se podrá aprobar esta renuncia por resolución de la persona titular de la Dirección General del Igape.


Beneficiario

Sociedades mercantiles con centros de trabajo en Galicia, en los cuales se pretenda desarrollar mayoritariamente un proyecto concreto de desarrollo tecnológico e innovación


Plazo de solicitud

Desde 26/01/2026 9.00

hasta 01/12/2026 14:00 h

Por orden de entrada

hasta agotar crédito

Sujeto a minimis
o Invest EU (no minimis)
(subvención bruta equivalente)



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