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Tipo de apoyo
Este programa está dirigido al fomento del acceso a la condición de socias trabajadoras o de trabajo, de cooperativas o de sociedades laborales, así como el fomento del acceso de las personas emprendedoras por cuenta propia a la condición de socias cooperativas.
El Periodo de incorporación a JORNADA COMPLETA o a TIEMPO PARCIAL (min 50% jornada ordinaria) será desde el 01/10/2025 al 30/09/2026
El Plazo de Justificación de las acciones subvencionadas será hasta 30/10/2026.
Cuantía de la ayuda
6000 €/puesto (Excepto para personas socias trabajadoras o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral a tiempo parcial que accedan a la misma condición a tempo completo, que serán 3.000€/puesto)
+25% /cada colectivo específico (acumulativos):
- Mujer
- Discapacitados o en situación o riesgo de exclusión social
- Discapacidad con especiales dificultades para inserción laboral (según bases)
- > 45 años
- Emigrantes retornados
- Persona trans
- Centro trabajo en Concello rural *
- Cooperativa juvenil
- Entidad de nueva creación constituida inicialmente con 4 personas o más.
Cuando la dedicación de la persona incorporada sea a tiempo parcial o en condición de fijo discontinuo la cuantía máxima de los incentivos previstos se reducirá al 50 %.
La cuantía que podrá ser concedida a una entidad beneficiaria en ningún caso podrán ser superiores a las que suscriba el socio o socia en concepto de aportación de capital social y cuota de ingreso, o de acciones o participaciones sociales según el caso, por su incorporación.
PRESUPUESTO: 2.200.000€ (Ayuda sujeta régimen MÍNIMIS)
Beneficiario
Podrán ser personas beneficiarias de este programa de subvenciones las personas que accedan a la condición de persona socia trabajadora o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral con carácter indefinido, que desarrollen su actividad en un centro de trabajo situado en la Comunidad Autónoma de Galicia y que, en el momento de su incorporación, que deberá producirse dentro del periodo de ejecución, cumplan alguna de las condiciones siguientes:
- a) Ser personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo, como mínimo, un mes antes de la incorporación como persona socia trabajadora o de trabajo.
- b) Ser personas socias a prueba de la cooperativa a la que se incorporan.
- c) Ser personas asalariadas de la cooperativa o sociedad laboral a la que se incorporan.
- d) Ser personas asalariadas de una empresa que se transforme en una cooperativa o sociedad laboral, siempre que no tengan la condición de socias de la empresa transformada.
- e) Ser personas socias trabajadoras o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral a tiempo parcial que accedan a la misma condición a tiempo completo.
También podrán ser beneficiarias las personas que, siendo desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, emprendan una actividad por cuenta propia y se incorporen en una cooperativa como personas socias con carácter indefinido, con compromiso de exclusividad, para comercializar sus productos, obtener suministros, servicios y la asistencia técnica que precisen, siempre que tengan su domicilio social y fiscal en Galicia. La incorporación como persona socia en la cooperativa deberá producirse dentro del periodo de ejecución establecido en el artículo 37 de esta orden. Entre el inicio de la actividad por cuenta propia y dicha incorporación no pueden haber transcurrido más de dos años.
Plazo de solicitud
Desde el 02/03/2026 09.00h
Hasta 16/09/2026 20.00h
Por orden entrada de expediente completo
(Hasta agotar crédito)
Sujeto a mínimis



