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Tipo de apoyo

Ayudas para impulsar el crecimiento internacional de pymes españolas. ICEX Next tiene como finalidad impulsar la cultura exportadora en la PYME española para que ésta sea elemento clave de su estrategia empresarial. Para ello ofrece a la empresa asesoramiento especializado a través de consultores expertos para el desarrollo de su estrategia exterior y mejora de su competitividad internacional.

Los gastos subvencionables son los siguientes:

– Asesoramiento personalizado: asesoramiento personalizado a las empresas en materia de internacionalización. Dicha bolsa cubre los siguientes aspectos:

a) Asesoramiento para la elaboración/contraste/revisión de la estrategia internacional off-line u on line y propuestas de implementación
b) Asesoramiento para la elaboración de Plan operativo digital
c) Asesoramiento en materias mas especificas dirigidas a mejorar la competitividad internacional de las empresas participantes

La empresa puede seleccionar el asesoramiento que se ajuste a sus necesidades, de acuerdo con la bolsa de horas de consultoría disponible, es obligatorio la elaboración/contraste/revisión de un Plan estratégico de Negocio Internacional (offline u online). Se estima mínimo 30 horas de consultoria

– Gastos de prospección y estudios referidos a mercados internacionales tanto canales online como offline o canales físicos. El objetivo debe ser facilitar el conocimiento del mercado objetivo, la viabilidad del producto o servicio en el mismo y el conocimiento de las oportunidades de negocio

– Gastos de promoción internacional Son todos aquellos gastos que impulsen el conocimiento del producto o servicio en el exterior. Se incluyen gastos material promocional, difusión, publicidad, relaciones públicas y mk digital, gastos en participación de ferias, seminarios, jornadas, conferencias y acciones de promoción exterior. También gastos registros patentes, propiedad intelectual y marcas internacionales. Viajes de prospección de mercados y promoción. Se incluyen los gastos de certificaciones sanitarias para el acceso del país.

-Gastos de desarrollo de red comercial en el exterior Son todos aquellos gastos que permitan a la empresa el desarrollo de su red comercial en destino. Gastos relacionados con el acceso del producto o servicio al mercado, el registro, homologación y certificación del producto entendiéndose incluidos los gastos del proceso necesarios para la obtención de dichos documentos. Se incluyen se incluyen la auditoría y vigilancia de la marca, certificados de Exportación y de calidad internacional, los gastos de asesoramiento legal, financiero y administrativo para el desarrollo de la red comercial en destino. Los gastos de establecimiento relativos a los estudios de viabilidad, y contratación de servicios cuyo objetivo sea la asistencia técnica, prospección de mercado y apoyo en actividades promocionales y precomerciales.

– Gastos de soluciones tecnológicas (aplicaciones informáticas, licencias de programas, desarrollos a medida, adaptaciones y/o software de pago por uso)

– Costes de personal interno de la empresa dedicado a las tareas del proyecto de internacionalización.

PLAZO DE EJECUCIÓN: 30 días para firmar la Carta de Adhesión desde resolución y 24 meses de duración del programa desde la firma .


Cuantía de la ayuda

Subvencion del  60%

Ayuda max 24.000€/ empresa

Presupuesto convocatoria 6.000.000€


Beneficiario

Las empresas españolas con potencial exportador que deseen crecer internacionalmente y que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser PYME según definición del Anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014
b) Tener producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia. En caso de empresas de servicios, éstos deberán prestarse en el exterior.
c) No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.
d) Deberán tener una facturación > 300.000 €, Excepto Empresas de base tecnológica de reciente creación que en las que la facturación se reduce a cero. Será de reciente creación cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia. Si la empresa no alcanza dicha facturación en el ejercicio 2024, podrá considerarse el importe o el momento de presentación de solicitud siempre que se aporte documentación acreditativa de ventas realizadas con anterioridad, sin incluir las meras de IVA o facturas. Dicha acreditación se valorará a criterio del ICEX, sin que su mera presentación genere derecho o reconocimiento alguno a ningún efecto.
e) Las empresas podrán acceder al programa independientemente del porcentaje que suponga la cifra de ventas internacionales sobre la facturación total, dando especial foco, en esta convocatoria, en las empresas que consoliden o impulsen su posición exterior y en la voluntad de incluir a aquellas empresas que por las características de su modelo de negocio deben ser globales desde su inicio.
f) Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional, en particular contar con al menos una persona en plantilla que asuma responsabilidades del proyecto internacional y disponer de una web propia.
g) No haber participado en programas de Iniciación de ICEX (PIPE o ICEX Next).
Por otro lado, las empresas que hayan participado en estos programas entre los años 1997 y 2010 y que facturen más de 1.500.000 de euros en el último ejercicio podrán ser beneficiarias del programa.
h) No tener impagos con ICEX.
i) Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

De igual forma, no podrán resultar beneficiarias aquellas PYMEs en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La empresa que habiendo resultado beneficiaria, incumpliera con posterioridad alguno de estos requisitos de entrada, perderá dicha condición


Plazo de solicitud

Del 04/11/2025 al 18/11/2025 (a las 17.00h)
En Concurrencia competitiva

Mínimo 5 puntos
Sujeta a Mímimis



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