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Tipo de apoyo
Ayudas para apoyar a la industria de la automoción gallega dentro del Plan de Apoyo a la Descarbonización y Transición al Vehículo Eléctrico del Sector de la Automoción de Galicia.
El importe mínimo de coste subvencionable total deberá alcanzar los 100.000 €.
IG300J LINEA 1 DESARROLLO E INNOVACION-
1º Proyectos de desarrollo experimental La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, con vistas a la elaboración de productos o procesos nuevos o mejorados. Podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea acercar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados; puede incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación. No incluye modificaciones habituales o periódicas.
2º Proyectos de innovación en materia de organización y de procesos La aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa o la aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos); no se incluyen los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la empresa, los cambios en la estrategia de gestión, las fusiones y adquisiciones, el abandono de un proceso, el mero relevo o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos, el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados, los cambios o mejoras de importancia menor ni los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados.
Las grandes empresas solo podrán ser beneficiarias de ayuda a este tipo de proyectos si cooperan con pymes en la ejecución del proyecto objeto de ayuda, debiendo asumir estas un mínimo de un 10 % para de los proyectos de desarrollo experimental. En el caso de los proyectos de innovación en organización y procesos, debe existir colaboración efectiva con una o varias pymes, que deben asumir un mínimo del 30% del total de los costes subvencionables
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
- Costes de personal El coste hora individual máximo financiable será de 65 €.
- Costes de instrumental y material
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia
- Costes indirectos
IG300I LINEA 2 INVERSION PRODUCTIVA para proyecto que serán realizados por una única entidad y en una única localización:
1º Ayudas a PYMES para las siguientes tipologías
- a) Creación de un nuevo establecimiento: inicio de una nueva actividad industrial.
- b) Modificación de líneas de producción: realización de inversiones en aparatos y equipos, adquisición de activos fijos materiales para la implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, y-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) que integren por lo menos una línea de producción completa, destinadas a:
- La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente;
- La diversificación de la producción en un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento; o bien
iii. La transformación fundamental en el proceso global de producción del establecimiento
2º Ayudas a grandes empresas para las siguientes tipologías de proyecto
- a) Creación de un nuevo establecimiento: inicio de una nueva actividad industrial
- b) Inversiones iniciales en favor de una nueva actividad económica: realización de inversiones en aparatos y equipos, así como la adquisición de activos fijos materiales para la implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, y-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) que integren por lo menos una línea de producción completa, destinadas a la diversificación de la producción en un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES Inversión en activos fijos tangibles e intangibles en los que incurra la empresa desde la fecha de solicitud hasta el 30 de noviembre de 2025.
- Compra de maquinaria o bienes de equipo.
- Obras de reforma y rehabilitación de naves o espacios productivos.
- Programas de implantación de soluciones tecnológicas (software y hardware).
- Otras inversiones en activos fijos.
Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas o subvenciones públicas para los mismos gastos e inversiones.
PLAZO EJECUCIÓN= LINEA 1 desde solicitud hasta el 31/10/2026 | LINEA 2 hasta 30/11/2025
PLAZO JUSTIFICACIÓN: LINEA 1 30/11/2026 | LINEA 2 30/11/2025
EFECTO INCENTIVADOR: Se considera que el proyecto ya ha sido iniciado cuando exista un primer compromiso en firme para la ejecución de las obras o para la adquisición de alguno de los elementos integrantes del proyecto. Se considera que existe compromiso en firme en el caso de la existencia de un contrato u oferta firmado entre las partes, o de la existencia de un pedido.
Una vez presentadas, las solicitudes no podrán modificarse.
ANTICIPO: del 80% de la subvención
Cuantía de la ayuda
LINEA 1
| Gran empresa | Mediana empresa | Pequeña empresa | |
| Des experimental | 25% (*)
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35%
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45%
|
| Innova organi y procesos | 15 % (**)
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50%
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50%
|
Importa máximo acumulado por empresa= 10M
(*) Solo para proyectos de colaboración con pymes que asuman un mínimo del 10% de los costes subvencionables
(**) Solo para proyectos de colaboración efectiva con pymes que asuman un mínimo del 30% de los cuestes subvencionables.
se podrán incrementar en un 15% los porcentajes aplicables a la línea de desarrollo experimental 1.1ª siempre y cuando los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
LINEA 2
| Gran empresa | Mediana empresa | Pequeña empresa |
| 15% | 25% | 35% |
Ppto 2025: 7 M €
Beneficiario
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas industriales del sector de automoción gallegas o con un centro de trabajo en Galicia.
Se considerarán industrias de automoción aquellas cuya actividad se desarrolle en el CNAE 29 y 30 en cualquiera de sus subapartados y también aquellas empresas que, no estando dadas de alta en actividades esos CNAE estén asociadas a la Fundación Clúster de Empresas de Automoción de Galicia (CEAGA).
No podrán tener la condición de personas beneficiarias: Las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, o incumplan las obligaciones de la presente ayuda. / Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común./ Las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 31 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, para subvenciones de importe superior a 30.000 €,/Las empresas que en el momento de la resolución de la ayuda no se encuentren al corriente de deudas con las distintas administraciones./ Empresas en crisis
Plazo de solicitud
Desde 11/02/2025 (9.00h)
Hasta 30/04/2025 (14:00h)
En concurrencia no competitiva (Por orden de entrada)



