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Tipo de apoyo
Adquisición de vehículos nuevos con un ≤ 40.000€ (Impuestos incluidos) que cumplan los siguientes requisitos: a) Vehículos M1 (Turismos) con un valor de emisiones NEDC, según el ciclo WLTP, iguales o inferiores a 120 g CO2/km. b) N1 (furgonetas) con un valor de emisiones NEDC, según el ciclo WLTP, inferiores o iguales a 120 g CO2/km en el caso de vehículos con MTMA < 2.500 kg o con unas emisiones inferiores el iguales a 185 g CO2/km en el caso de vehículos con MTMA ≥ 2.500 kg. Una persona física sólo podrá adquirir un único vehículo M1 o N1. Un autónomo o empresa sólo podrá adquirir un máximo de diez vehículos
Se tendrá en cuenta la información disponible en la Base de Datos de Vehículos disponible en la página web del IDEA: http://coches.idae.es/base-datos/marca-y-modelo |
Cuantía de la ayuda
Tipo de poryecto | Ayuda inega (€) | Descuento concesionario (€) | Total (€) |
Tipo 1 | 1500 € | 1000 € | 2500 € |
Tipo 2 | 1000 € | 1000 € | 2000 € |
Tipo 3 | 1000 € | 1000 € | 2000 € |
En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá ser superior al coste de la actuación que se define como el coste del vehículo sin incluir la ayuda pública.
Persona física= 1 vehículo M1 o N1
Autónomo o empresa= máx. 10 vehículos
Beneficiario
Podrán ser beneficiarios de la ayuda:
a) Las personas físicas con residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Galicia b) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia. Será requisito imprescindible que el adquiriente titular del vehículo subvencionable acredite la baja definitiva en circulación de un vehículo a achatarrar en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, mediante la presentación del correspondiente certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo. El vehículo a achatarrar deberá ser, indistintamente, de categoría M1 o N1, estar matriculado en España y tener una antigüedad, contada desde la fecha de su primera matriculación y hasta la el día en el que se hace la solicitud de la ayuda, de por lo menos diez años en el caso de vehículos M1 o de cinco años en el caso de vehículos N1. Adicionalmente, el vehículo a achatarrar deberá estar al día en el pago del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y el adquiriente titular del vehículo susceptible de ayuda, el cónyuge o un familiar de primer grado (por consanguinidad o afinidad) deberá ostentar la titularidad del vehículo achatarrado, como mínimo, desde el día anterior a la publicación de la presente convocatoria. |
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser entidades colaboradoras los concesionarios o puntos de venta cuyo epígrafe de la sección primera de las tarifas del IAE, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, sea 615.1 Comercio al por mayor de vehículos, motocicletas, bicicletas y sus accesorios, o 654.1 comercio al por menor de vehículos terrestres. Tiene que tener su domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.
Excepto las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y en su normativa de desarrollo |
Plazo de solicitud
Desde 21/02/2020
Hasta el 30/09/2020 o hasta agotar fondos
En concurrencia no competitiva
PLAZOS ENTIDADES:
Hasta el 30/09/2020