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Tipo de apoyo

 

Adquisición de vehículos nuevos con un ≤ 40.000€ (Impuestos incluidos) que cumplan los siguientes requisitos:

a)     Vehículos M1 (Turismos) con un valor de emisiones NEDC, según el ciclo WLTP, iguales o inferiores a 120 g CO2/km.

b)     N1 (furgonetas) con un valor de emisiones NEDC, según el ciclo WLTP, inferiores o igua­les a 120 g CO2/km en el caso de vehículos con MTMA < 2.500 kg o con unas emisiones inferiores el iguales a 185 g CO2/km en el caso de vehículos con MTMA ≥ 2.500 kg.

Una persona física sólo podrá adquirir un único vehículo M1 o N1. Un autónomo o em­presa sólo podrá adquirir un máximo de diez vehículos

CATEGORÍA PROYECTO Vehículo nuevo adquirido
Tipo 1 Turismos (M1) con emisiones iguales o inferiores a 100 CO2/km

 

Tipo 2 Turismos (M1) con emisiones iguales o inferiores a 120 CO2/km

 

Tipo 3 Furgonetas (N1) con emisiones iguales o inferiores a 120 g CO2/km en el caso de vehículos con MTMA < 2.500 kg o con unas emisiones inferiores o iguales a 185 g CO2/km en el caso de vehículos con MTMA ≥ 2.500 kg.

 

 

Se tendrá en cuenta la información disponible en la Base de Datos de Vehículos disponible en la página web del IDEA: http://coches.idae.es/base-datos/marca-y-modelo


Cuantía de la ayuda

 

Tipo de poryecto Ayuda inega (€) Descuento concesionario (€) Total (€)
Tipo 1 1500 € 1000 € 2500 €
Tipo 2 1000 € 1000 € 2000 €
Tipo 3 1000 € 1000 € 2000 €

 

En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá ser superior al coste de la actuación que se define como el coste del vehículo sin incluir la ayuda pública.

Persona física= 1 vehículo M1 o N1

Autónomo o empresa= máx. 10 vehículos


Beneficiario

 

Podrán ser beneficiarios de la ayuda:

a)     Las personas físicas con residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Galicia

b)     Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.

Será requisito imprescindible que el adquiriente titu­lar del vehículo subvencionable acredite la baja definitiva en circulación de un vehículo a achatarrar en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, mediante la pre­sentación del correspondiente certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo. El vehículo a achatarrar deberá ser, indistintamente, de categoría M1 o N1, estar matriculado en España y tener una antigüedad, contada desde la fecha de su primera matriculación y hasta la el día en el que se hace la solicitud de la ayuda, de por lo menos diez años en el caso de vehículos M1 o de cinco años en el caso de vehículos N1. Adicionalmente, el vehículo a achatarrar deberá estar al día en el pago del Impuesto sobre vehículos de trac­ción mecánica y el adquiriente titular del vehículo susceptible de ayuda, el cónyuge o un familiar de primer grado (por consanguinidad o afinidad) deberá ostentar la titularidad del vehículo achatarrado, como mínimo, desde el día anterior a la publicación de la presente convocatoria.

 

 ENTIDADES BENEFICIARIAS

Podrán ser entidades colaboradoras los concesionarios o puntos de venta cuyo epí­grafe de la sección primera de las tarifas del IAE, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, sea 615.1 Co­mercio al por mayor de vehículos, motocicletas, bicicletas y sus accesorios, o 654.1 comer­cio al por menor de vehículos terrestres. Tiene que tener su domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.

 

Excepto las que concu­rra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y en su normativa de desarrollo


Plazo de solicitud

Desde 21/02/2020

Hasta el 30/09/2020 o hasta agotar fondos

En concurrencia no competitiva

 

PLAZOS ENTIDADES:

Hasta el 30/09/2020



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