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Tipo de apoyo

Proyectos realizados con la finalidad de apoyar la cadena industrial gallega en el proceso de producción de bienes y servicios tec­nológicos de uso dual destinados a los ámbitos de la Seguridad, Defensa y Aeroespacio de empresas con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tipologías o líneas de proyecto de actuación:

Serán subvencionables los proyectos de inversión productiva para la producción indus­trial de bienes y servicios tecnológicos duales.

En el caso de pymes, podrán subvencionarse los siguientes tipos de inversión:

  • La creación de un nuevo establecimiento: inicio de una nueva actividad industrial.
  • La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, siempre que suponga la modernización respecto a la tecnología previamente utilizada.
  • La diversificación de la producción hacia productos no producidos previamente.
  • Transformación fundamental del proceso global de producción del producto o de la prestación del servicio afectado por la inversión en el establecimiento.

En el caso de empresas que no sean pymes, serán subvencionables los siguientes tipos de inversión inicial que crea una nueva actividad económica:

  • La creación de un nuevo establecimiento: inicio de una nueva actividad industrial.
  • La diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva activi­dad no sea una actividad idéntica ni similar a la realizada previamente en el establecimiento.

Costes subvencionables:

  1. Compra de maquinaria o bienes de equipo.
  2. Obras de reforma y rehabilitación de naves o espacios productivos.
  3. Programas de implantación de soluciones tecnológicas (software y hardware).
  4. Otras inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales.

Sectores estratégicos: automoción, metalmecánico, naval, logístico, tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), textil, aeroespacial y construcción.

Presupuesto mínimo por proyecto de 1.200.000 €.

 

Plazo de Ejecución: desde la fecha solicitud hasta la fecha de justificación (máx. 31/08/2028)

Plazo de Justificación: un mes desde fecha fin de ejecución fijada resolución (máx.30/09/2028)


Cuantía de la ayuda

Cuantía subv.

G.E

M.E

P.E

15%

25%

35%

  

Ayuda máxima= 1.000.000 €

Anticipo 80 %

 

1 solicitud

PRESUPUESTO:

6.000.000€

2026: 1.500.000 €

2027: 2.250.000 €

2028: 2.250.000 €


Beneficiario

Serán entidades beneficiarias de estas ayudas las empresas, con independencia de su tamaño, que proyecten llevar a cabo una inversión, en un centro de trabajo localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, considerado subvencionable al amparo del regulado en estas bases.

No podrán tener la condición de entidades beneficiarias:         

  1. Las empresas que propongan un proyecto para una actividad perteneciente a un sec­tor excluido segundo el dispuesto en los apartados 7, 8 y 9 del artículo 5 de estas bases.                               
  2. Las empresas que estén sujetas a un orden de recuperación de ayudas, consecuen­cia de una decisión de la Comisión Europea.
  3. Las empresas en crisis, de acuerdo con la definición establecida en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) 651/2014.
  4. Las empresas en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artícu­lo 13.2 de la Ley 38/2003 y en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, o incumplan las obliga­ciones del artículo 11 de la citada ley.
  5. Las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las ope­raciones comerciales (en adelante, Ley 3/2004), para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando las personas solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la citada Ley 3/2004.
  6. Tampoco podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las empresas que no cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003. En particular, no podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las empresas que incumplan los plazos de pago a que se refiere el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003.

Plazo de solicitud

Desde el 04/06/2026 (09.00h)

Hasta el 04/09/2026 (14:00h)

En concurrencia competitiva

(por puntos)

Sujeto a MINIMIS



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