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Tipo de apoyo

Facilitar la inserción laboral de las personas desempleadas que presentan desventajas y dificultades particulares para permanecer en el mercado de trabajo, y favorecer el empleo estable y facilitar la empleabilidad y ocupabilidad.

 

  1. BONO DE CONTRATACIÓN = subvención para la contratación indefinida inicial y la temporal a tiempo completo con una duración mínima de 12 meses realizadas entre 01/10/2017 – 15/10/2018 de las personas:
    1. desempleadas de larga duración (PLD), (12/18 meses)
    2. personas con discapacidad (min. 33%)
    3. personas en riesgo de exclusión social.
  2. BONO DE FORMACIÓN (opcional) dirigido a las personas contratadas por medio del bono de contratación anterior, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.
  • Tiene que ofrecerse una acción formativa, que tendrá lugar dentro de los 3 primeros meses de formalización del contrato (para las contrataciones anteriores al 02/02/18 se realizará hasta max 02/04/18 y para las contrataciones entre 15/09/18-15/10/18 la formación finalizará el 15/12/18).
  • La acción formativa deberá tener una duración mínima de 50 horas de formación teórica en contenidos relacionados con el puesto de trabajo.

 


Cuantía de la ayuda

BONO DE CONTRATACIÓN

Entre 4.000 – 8.000 € /puesto

  • 4000€ /puesto:
  • +25% por cada colectivo (acumulativos):
  1. Mujer
  2. Centro de trabajo en Concello rural
  3. Emigrante retornado
  4. >45

BONO DE FORMACIÓN

1.000€ / puesto


Beneficiario

Las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Por tratarse de ayudas sometidas al régimen de ayudas de minimis, no podrá concederse a empresas de los siguientes sectores:

  1. Pesca y acuicultura, según se establece en el Reglamento (UE) 1379/2013 del Consejo.
  2. Las ayudas concedidas a las empresas dedicadas a la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del anexo I del tratado.
  3. Las ayudas concedidas a las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, en los casos especificados en convocatoria.
  4. Las ayudas a las actividades relacionadas con la exportación a países terceros o Estados miembros cuando la ayuda esté vinculada directamente a las cantidades exportadas, a la creación y funcionamiento de una red de distribución o a otros gastos de explotación vinculados a la actividad de exportación.
  5. Las ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados

Plazo de solicitud

Contrataciones realizadas:

  • entre 01/10/17-02/02/18 = hasta 02/04/18
  • entre 03/02/18-15/10/18= 2 meses desde la formalización contrato

Max 15/10/18



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