IN848E DISEÑAPYME e IN848D INNOVAPYME (2024)

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Tipo de apoyo

Ayudas dirigidas a PYMES y Grandes empresas con centro de trabajo en Galicia, con el objetivo de incrementar la capacidad innovadora de las mismas, mediante la introducción de innovaciones significativas que incrementen su competitividad, a través de la aplicación del diseño, de la generación e incorporación de conocimientos, tecnologías e innovaciones destinadas a la mejora de procesos y a la creación de productos y servicios tecnológicamente avanzados y de mayor valor añadido. Las actividades asociadas a los planes deberán de estar alineados con los retos de la RIS3 Galicia.

Los planes de innovación y diseño estarán constituidos por un conjunto completo y coherente de actividades enfocadas a implementar mejoras significativas en las funciones empresariales relacionadas con la producción, diseño, prestación y distribución de productos, bienes y servicios, así como en los métodos organizativos y prácticas comerciales empleadas por la empresa, y que permitan incrementar la capacidad innovadora y de diseño dando lugar a diferencias sustanciales, no exclusivamente tecnológicas, con las prácticas anteriores.

Las actuaciones deben circunscribirse al estudio, diseño, puesta en marcha y validación de las innovaciones a nivel de pilotos o demostrativos, con la finalidad de diferenciar estos de las implantaciones con carácter productivo y comercial en la empresa, que tendrían la consideración de actuaciones y costes corrientes.

No se consideran subvencionables los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la empresa, los cambios en la estrategia de gestión, las fusiones y adquisiciones, el abandono de un proceso, el mero relevo o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o mejorados de manera significativa.

Presupuesto subvencionable entre 50.000 € – 250.000€. Un presupuesto fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda.

2 líneas de actuación:

A-LINEA 1- PLANES DE INNOVACIÓN EN PROCESOS Y ORGANIZACIÓN. (INNOVAPYME):

  • Innovación en procesos: Proceso nuevo o mejorado para una o más funciones del negocio, que difieren significativamente del anterior y se ponga en uso por primera vez
      • Métodos de fabricación o producción de bienes y servicios innovadores
      • Sistemas logísticos o métodos de entrega o distribución
      • Métodos de procesamiento de información o comunicación con intensificación tecnológica.
      • Métodos de Marketing para promoción, embalaje, fijación de precios, posicionamiento del producto o servicios post-venta.
      • Innovaciones en procesos con beneficios medioambientales
      • Testeo a escala preindustrial y pilotos de tecnologías facilitadoras (TFE) relacionadas con: Nanotecnología, biotecnología, materiales avanzados y fabricación y procesamiento avanzado, en las que se incluyen:
      • Inteligencia artificial
      • Ciberseguridad
      • Impresión en 3D
      • Automatización avanzada y robótica
      • Realidad aumentada, etc.

 

  • Innovación en organización: Método nuevo o mejorado para una o más funciones relativas a la organización empresarial y sus interacciones que difieren significativamente de los métodos anteriores y se pongan en uso por primera vez:
      • Creación de departamentos / unidades de I+D+i
      • Diseño y desarrollo de nuevos procesos de organización
      • Validación, a través de pilotos, de nuevas metodologías enfocadas a mejora organizacional, gestión del conocimiento o toma de decisiones, gestión de recursos humanos y responsabilidad social, relaciones con el exterior (proveedores, clientes…), relaciones de cooperación e innovación abierta, redefinición de las estrategias de comercialización y relación con clientes y proveedores o la apertura de nuevos mercados.

 

  Plazos de ejecución: Plazos de justificación:
1ª anualidad: Desde solicitud ayuda hasta el 30/09/2026 hasta el 30/09/2026
2ª anualidad: Desde solicitud ayuda hasta el 30/09/2027 hasta el 30/09/2027

 

B-LINEA 2-PLANES DE DISEÑO PARA LA INNOVACIÓN Y LA SOSTENIBILIDAD. (DISEÑAPYME)

  • Diseño de producto/servicio: Concepción y desarrollo de productos/servicios nuevos o rediseño de los existentes (mejora sustancial desde el punto de vista estético, funcional, técnico/productivo y económico). Los proyectos que se presenten en esta línea deberán exponer el diseño o el rediseño de 1 solo producto o de una sola gama concreta de producto. También se podrán contemplar otras disciplinas de diseño para la innovación que se interrelacionen para la consecución final del proyecto, como son:
      • Diseño circular: impulsar el diseño circular de cara a conseguir nuevos productos sostenibles
      • Diseño digital: en los casos en los que el diseño del producto suponga el desarrollo de diseños digitales, podrán ser incluidos como actividad subvencionable siempre que estén asociados al nuevo producto.
      • Diseño de identidad de producto: los proyectos podrán incluir elementos de identidad gráfica, envase, embalaje y comunicación siempre que estén asociados al nuevo producto.

Las actividades subvencionables de cada una de las fases del plan de diseño deberán incluir:

FASE I: Análisis, estrategia y conceptualización:

  • Análisis de la organización interna de la empresa y del diseño de sus estrategias, posicionamientos y cartera de productos/servicios en Briefing y conceptualización-brainstorming.

FASE II: Diseño de detalle y desarrollo:

  • Diseño de detalle: diseño funcional y dimensional del producto, selección de materiales, procesos y componentes, refinamiento estético y diseño de gráfica aplicada.
  • Desarrollo: 1) definición técnica de los diferentes componentes (adecuación a cada proceso productivo y optimización del montaje y transporte). 2) Desarrollo de los diferentes sistemas y mecanismos, modelado 3D de las piezas y generación de planos para producción.

FASE III: Preindustrialización:

  • Análisis de secuencia de embalaje y puntos críticos de ajuste.
  • Diseño y modelado 3D de piezas para producción
  • Soluciones para mantenimiento y reparación
  • Especificaciones de montaje.

La duración máxima de cada plan será hasta el 30/09/2027, estar fuera del rango será causa de inadmisión de la solicitud de la ayuda.

 

  Plazos de ejecución: Plazos de justificación:
1ª anualidad: Desde solicitud ayuda hasta el 30/09/2026 hasta el 30/09/2026
2ª anualidad: Desde solicitud ayuda hasta el 30/09/2027 hasta el 30/09/2027

GASTOS SUBVENCIONABLES

COSTES DIRECTOS:

  1. Costes de personal, propio o de nueva contratación, se regirán por el dispuesto en el artículo 8 de esta convocatoria.
  2. Subcontrataciones: aquellas actuaciones contratadas con terceros, que supongan la ejecución de una parte de las actividades incluidas en el plan que constituye el objeto de la subvención. Se regirán por lo dispuesto en el artículo 9 de estas bases. La subcontratación máxima será del 50 % de los costes directos elegibles del plan.
  3. Costes de material, suministros y productos similares, Se podrán imputar los gastos de materiales directamente destinados a las actividades del plan. A estos efectos, deberán recogerse de forma detallada y escueta y justificados en la memoria presentada en la solicitud.Los gastos de material de oficina y consumibles informáticos no se financiarán en este concepto, ya que se consideran incluidos dentro del porcentaje de costes indirectos. Entrarán en este concepto del coste las licencias de software mediante suscripción, pago por uso, o similar.
  4. Costes de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, así como la obtención de certificaciones. En lo relativo a patentes, se incluye la gestión de la tramitación de nuevas patentes, modelos de utilidad y los derechos de propiedad intelectual tanto en España como internacionalmente, excluyendo el mantenimiento o ampliación de las existentes.Las patentes deberán ser adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a la entidad solicitante, con la condición de que la operación se realice en condiciones de plena competencia y sin ningún elemento de colusión. En lo relativo a la obtención de certificaciones, se aceptarán los costes de normas oficia­les vinculadas a los objetivos innovadores presentados en la memoria técnica de la solici­tud.
  1. Costes de servicios de asesoramiento en materia de diseño y/o innovación empresarial: consultoría y asistencia en los ámbitos de la transferencia de conocimiento, la adquisición, protección y explotación de activos inmateriales, y el uso de normas y reglamentos que los incorporan, así como la consultoría y la asistencia sobre la introducción o la utilización de tecnologías y soluciones innovadoras (incluidas las tecnologías y las soluciones digitales).
  2. Costes de servicios de apoyo en materia de innovación: el suministro o accesos a bases de datos, bibliotecas, estudio de investigación de mercados, laboratorios, etiquetado de calidad, ensayo, experimentación y certificación u otros servicios relacionados –inclui­dos los servicios prestados por organizaciones de difusión de investigación y conocimien­tos, infraestructuras de investigación e infraestructuras de ensayo y experimentación u otras agrupaciones empresariales innovadoras, con el fin de desarrollar productos, pro­cesos o servicios más eficaces o tecnológicamente avanzados, incluida la aplicación de tecnologías y soluciones innovadoras (incluidas las tecnologías y las soluciones digitales).
  3. Costes de adquisición de propiedad industrial: corresponden exclusivamente a la adquisición de licencias de propiedad industrial, que deberán ser adquiridas u obtenidas de fuentes externas, siempre y cuando la operación se realice en condiciones de plena competencia y sin elemento ninguno de colusión.
  4. Costes de equipamiento y material instrumental inventariables, de nueva adquisición. Serán subvencionables los costes de equipamiento y material instrumental de nueva adquisición en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.
      • Compra de nuevas licencias y las renovaciones de licencias de software de uso específico para el proyecto
      • El costo amortizable de la instalación del equipamiento o material instrumental estrictamente necesario para su puesta en funcionamiento.
      • Los activos necesarios para el prototipado o validación de pilotos.
      • Gastos de leasing (ver requisitos en art 6).

 

COSTES INDIRECTOS:

Se considerarán subvencionables los costes indirectos, que son aquellos que no están vinculados o no pueden vincularse directamente con la actividad subvencionada por tener carácter estructural, pero resultan necesarios para su realización, en los que se incluyen los gastos administrativos (tales como gestión administrativa y contable), gastos de supervisión y control de calidad, suministros (tales como agua, electricidad, calefacción y teléfono), seguros, seguridad o gastos de limpieza.

El coste imputable por este concepto será el importe resultante de aplicar un porcentaje del 20% a los costes directos del plan.

La no presentación de la memoria descriptiva o la presentación de una memoria descriptiva ilegible no será enmendable.

 

 


Cuantía de la ayuda

Linea 1 y 2 – Pyme Subv=  50%

Min. 25.000 € y Max. 125.000€

 

Linea 2 – Gran Empresa

Subv:         

  1. 25%= 500 € y Max. 62.500€
  2. 40%= 20.000 € y Max. 100.000€ *

 

(*) En caso de planes para el desarrollo experimental de proyectos de diseño puestos en marcha por grandes empresas la intensidad de la ayuda podrá llegar al 40% cuando los resultados se difundan ampliamente

Cada solicitud podrá incluir 1 o ambas líneas

Presupuesto: 4.000.000€

LINEA 1:  2026 – 1.000.000€       2027 –   1.000.000€

LINEA 2:  2026 – 1.000.000€       2027 –   1.000.000€

 

ANTICIPOS de hasta 70% con el límite de la anualidad prevista en el ejercicio presupuestario

 


Beneficiario

líneas 1 y 2: microempresas, pequeñas y medianas empresas gallegas o con un centro de trabajo en Galicia

línea 2:  grandes empresas gallegas o con un centro de trabajo en Galicia.

EXCLUSIONES:

  • Las asociaciones, las fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro
  • Las empresas que estén sujetas a un orden de recuperación de ayudas
  • Empresas en crisis, de acuerdo a la definición establecida en el reglamento (UE) 651/2014

Para subvenciones de importe superior a 30.000 €, las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y sus posteriores modificaciones, cuando las personas solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la citada Ley 3/2004


Plazo de solicitud

Desde el 17/01/2026 a las 09:00h hasta el 17/02/2026 a las 14:00h

En concurrencia competitiva (Por puntos)



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