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Tipo de apoyo
Subvenciones para la contratación de personas jóvenes en la realización de iniciativas de investigación e innovación y se desarrollarán necesariamente en ocupaciones referidas a la transición ecológica, economía verde (energías renovables, eficiencia energética, tratamiento de aguas y de residuos e industria agroalimentaria), y digitalización de servicios, ingeniería de datos y data science, así como otras tareas encuadradas en el marco de la Estrategia de especialización inteligente RIS3 2021-2027. Además, las iniciativas podrán desarrollarse en ocupaciones referidas a sanidad e investigación.
Requisitos de las personas contratadas:
- a) Tener 16 o más años y no haber cumplido los 30 años en el momento de la contratación.
- b) Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1 de esta orden.
- c) Ser contratadas mediante contrato indefinido y a jornada completa. Se excluyen los contratos fijos-discontinuos.
- d) Ser contratadas con posterioridad a la fecha de la solicitud de la ayuda.
- e) Dedicarse de manera exclusiva a la iniciativa de investigación e innovación señalada en la solicitud.
- f) Disponer de los estudios precisos que les otorguen las capacidades y competencias necesarias para llevar a cabo el programa de investigación. Las personas trabajadoras deberán ser contratadas en los siguientes grupos de cotización en función de su titulación/categoría profesional.
Inversiones y gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables los costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa Investigo.
El número máximo de contratos permitidos son 3 y la entidad deberá realizar, al menos, un contrato incluido en el módulo B (grupos de cotización 1-4) para garantizar el proyecto de investigación.
El período subvencionado: 12 meses incluso cuando el contrato formalizado tenga una duración superior. La jornada de trabajo será a tiempo completo.
Se excluyen personas jóvenes que hayan desempeñado en los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de esta ayuda, cualquier tipo de puesto en la misma empresa o grupo de empresas. Tampoco se podrán contratar las personas jóvenes cuyos contratos fueron subvencionados al amparo del Programa Investigo 2022, 2023, 2024 y 2025
Periodo para realizar las contrataciones= antes del 30/06/2026
Obligación de mantener los puestos subvencionados 36 meses
Cuantía de la ayuda
Las subvenciones se destinarán a la financiación de los costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social.
- Modulo A: el módulo ascenderá a 22.405,92 € por persona contratada y año de contratación (1.867,16 €/mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización 5 de la Seguridad Social.
- Módulo B: el módulo ascenderá a 33.108,92 € por persona contratada y año de contratación (2.759,07 €/mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive.
El importe de esta subvención se calculará en función de las previsiones recogidas en el proyecto: nº de personas a contratar, meses de contratación de cada una de ellas y el módulo según el grupo de cotización de la Seguridad Social que corresponda, de acuerdo con lo señalado anteriormente
Presupuesto 4.817.400 €
Beneficiario
Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de la subvención:
- Las personas empleadoras y empresas pertenecientes al sector privado radicadas en Galicia que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, incluidas las empresas cualificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica atendiendo a lo previsto en el Decreto 56/2007, de 15 de marzo, por el que se establece un programa de apoyo a las iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT).
- Los centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida, en sus estatutos o en su objeto social o normativa que los regule, la I+D+i como actividad principal
Las entidades beneficiarias deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener su domicilio social y/o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la Administración autonómica, y frente a la Seguridad Social.
- Las empresas que tengan cincuenta o más personas trabajadoras deberán cumplir la cuota de reserva para personas con discapacidad, conforme se dé ocupación, al menos, al 2 % de trabajadores y trabajadoras con discapacidad sobre el total de las personas trabajadoras o, en su defecto, las medidas de carácter excepcional establecidas en el artículo 42 del texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y reguladas en el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20 de abril).
- Disponer, cuando así se establezca conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, de un plan de prevención de riesgos laborales.
- Elaborar y aplicar un plan de igualdad, cuando resultara obligatorio.
EXCLUSIONES:
- Las entidades y los centros que estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
- Empresas en crisis.
- Las personas empleadoras o empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 31 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros.
No haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
Plazo de solicitud
Desde 17/02/2026 09:00h
Hasta 17/03/2026 20:00h
En concurrencia no competitiva
(Por orden de entrada de expediente completo)
Sujeto a Minimis



