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Tipo de apoyo
Línea I. Elaboración e Implantación de planes de igualdad (TR357C): MIN.10 Personas trabajadoras y máx. 49*
- La elaboración de una diagnosis de la empresa desde la perspectiva de género.
- La elaboración de un plan de igualdad que recoja las acciones o medidas que corrijan las deficiencias detectadas en una diagnosis previa.
- Implantación de las medidas previstas en el plan de igualdad que ya haya aprobado la entidad para su primer año de vigencia.
- La contratación (GC 1 o 2) a jornada completa y como mínimo de un año de una persona con titulación de grado y con experiencia y/o conocimientos acreditados en materia de igualdad.
La contratación apartado d) es compatible con a) b) y c).
No podrán ser beneficiarias de aptdo d) empresas de consultoría o asesoría que tengan entre sus actividades el asesoramiento en la elaboración e implantación de planes de igualdad o la formación en igualdad.
Línea II. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal (TR357D)
1.Incentivos para el fomento del teletrabajo. MIN. 1 persona trabajadora*
Empresas subvencionables:
- que formalicen un acuerdo de teletrabajo mín 2 años de dedicación al teletrabajo con una persona ya vinculada a la empresa (con jornada completa y antigüedad 1 año).
- que contraten a personal ex novo por un periodo no menor a 2 años en teletrabajo y a jornada completa
Min horas de dedicación al teletrabajo que no podrá ser inferior al 30% de la jornada semanal común
No serán beneficiarias aquellas empresas que pertenezcan a sectores de la economía de la tecnología de la información y la comunicación (TIC).
2.Incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria. MIN.5 personas trabajadoras*
Podrán ser beneficiarias las que establezcan medidas de flexibilidad horaria en convenio colectivo o por acuerdos.
3.Adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo. MIN.1 persona trabajadora*.
Empresas subvencionables Que tengan un acuerdo de teletrabajo en vigor en la fecha de presentación de la solicitud: Elementos subvencionables: ordenador personal, medios materiales para el acceso a internet y todos aquellos periféricos necesarios para las tareas para desarrollar: webcam, impresora, escáner y demás componentes de hardware necesarios para la implantación efectiva del teletrabajo, con la finalidad de fomentar el uso de tecnologías de la información y comunicación (TIC) como una medida de conciliación laboral, personal y familiar. No será subvencionable el software, ni impuestos indirectos.
No serán beneficiarias aquellas empresas que pertenezcan a sectores TIC.
Las sublíneas 1 y 2 de la línea II serán incompatibles en la misma convocatoria.
Línea III. Certificaciones de la RSE (TR357B): MIN. 5 personas trabajadoras*. Se subvencionará la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial. Podrán ser las que se relacionan o equivalentes: Empresa Familiarmente Responsable-EFR (conciliación); Global Reporting Initiative (GRI); United Nations Global Compact (Pacto Mundial); ISO 37301; SGE 21; Global Accountability 1000 (AA 1000); EMAS, ISO 14000 (ambiente); ISO 16064; UNE-ESO 21401; ESO 50001; SANA 8000, IQNet SR10, BEQUAL (discapacidad), ISO 45001 (seguridad y salud laboral), certificación empresa saludable, asi mismo sello horarios racionales (SHR) y certificación en Bienestar Laboral.
Cuantía de la ayuda
Línea I. Elaboración e Implantación de planes de igualdad (TR357C):
- Hasta el 80 % de los costes diagnosis previa de la empresa, máx. de 3.000 €/20 personas trabajadoras y máx. 5.000 € demás supuestos.
- Hasta el 80 % de los costes elaboración de un plan de igualdad, máx. de 1.500€/ 20 personas trabajadoras, y máx.
- Hasta el 80 % de los costes implantación de las medidas prioritarias previstas en la primera fase del plan de igualdad máx. 1.000 €/ 20 personas trabajadoras, y máx. 2.000 € demás supuestos.
- 12.000€ contratación (mínimo 1 año) de una persona experta en igualdad.
Presupuesto 200.000€
Línea II. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal (TR357D)
- 2.000€/puesto (máx 8.000€ empresa)
+1.000 € empresas tasa ocupación femenina ≥ masculina.
Presupuesto 150.000€
- 8.000€/ empresa
+1.000 € empresas tasa ocupación femenina ≥ masculina
Presupuesto 750.000€
- 80% de la inversión, máx. 1.500€/trabajador beneficiario máx. 20.000 €/empresa
+10% empresas tasa ocupación femenina ≥ masculina
Presupuesto 200.000€
Línea III. Certificaciones de la RSE (TR357B
80% de los costes (máx. 2.000€/empresa)
No podrá exceder el 30% en gastos de consultoría
Presupuesto 100.000€
Beneficiario
Pymes, micropymes o trabajadores autónomos con trabajadores por cuenta ajena y domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica y estén constituidas en el momento de presentar la solicitud. Para las líneas II y III, también empresas con centros de trabajos en Galicia. Debiendo tener los trabajadores indicados anteriormente por cada tipo de línea, así como encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
Para todas las líneas será necesario que las entidades solicitantes tengan una tasa de estabilidad ≥50 % desde el 01/01/2026 y durante todo el período de ejecución de las ayudas. Para el cálculo de este % solo se tendrá en cuenta las trabajadoras con contratos indefinidos a tiempo completo.
No se otorgarán ayudas: a empresas o grupos empresariales que ya hayan sido beneficiarios de estas ayudas, por las mismas líneas o sublineas, en años anteriores (excepto para línea I)
Plazo de solicitud
Desde 19/02/2026 (00:00h) – hasta 18/03/2026 (23:59h)
Concurrencia competitiva (por puntos)
Minimis



