Volver al listado de Subvenciones
Tipo de apoyo
Este programa tiene por objeto establecer apoyar el emprendimiento en economía social y establecer incentivos para el fomento de la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales, con carácter indefinido o a prueba.
El Periodo de incorporación a JORNADA COMPLETA o a TIEMPO PARCIAL (min 50% jornada ordinaria) será desde el 01/10/2025 al 30/09/2026
El Plazo de Justificación de las acciones subvencionadas será hasta 30/10/2026.
Cuantía de la ayuda
- 000 €/puesto general
- +25% /cada colectivo específico (acumulativos):
- Mujer
- Discapacitados o en situación o riesgo de exclusión social
- Discapacidad con especiales dificultades para inserción laboral (según bases)
- > 45 años
- Emigrantes retornados
- Persona trans
- Centro trabajo en Concello rural *
- Cooperativa juvenil
- Entidad de nueva creación constituida inicialmente con 4 personas o más.
Por cada joven incorporado como persona socia trabajadora o de trabajo a prueba la subvención ascenderá a 600€/mes, por un período de entre 6 y 12 meses.
Cuando la dedicación de la persona incorporada sea a tiempo parcial o en condición de fijo discontinuo la cuantía máxima de los incentivos previstos se reducirá al 50 %.
La cuantía máxima que podrá ser concedida a una entidad beneficiaria por subvenciones con cargo a este programa será de 67.500 €.
PRESUPUESTO: 2.800.000€ (Ayuda sujeta régimen MÍNIMIS)
Beneficiario
- Podrán acogerse a los incentivos previstos en este programa las cooperativas y sociedades laborales que incorporen como personas socias trabajadoras o de trabajo con carácter indefinido, en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia, a las siguientes personas:
- Personas que en el momento de su incorporación sean desempleadas inscritas como demandantes de empleo, como mínimo, un mes antes de la incorporación como persona socia trabajadora o de trabajo.
- Personas que en el momento de su incorporación estén vinculadas a la cooperativa o sociedad laboral por un contrato fijo discontinuo.
- Personas que en el momento de su incorporación sean socias a prueba de la cooperativa a que se incorporan, siempre y cuando estuviesen desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el momento de incorporarse como tales personas socias a prueba.
- Personas que en el momento de su incorporación sean asalariadas de una empresa que se transforme en una cooperativa o sociedad laboral, siempre que no tengan la condición de socias de la empresa transformada.
La incorporación deberá suponer incremento del empleo fijo y del número de personas socias trabajadoras o de trabajo indefinidas de la cooperativa o sociedad laboral beneficiaria de la subvención, respecto al promedio de los últimos 12 meses anteriores a la incorporación de los nuevos socios y socias por quienes se percibe la subvención.
También podrán acogerse a estos incentivos las cooperativas y sociedades laborales que incorporen en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia, como personas socias trabajadoras o de trabajo a prueba, a personas menores de 30 años (o menores de 35 años cuando se trate de personas con discapacidad) que en el momento de la incorporación estén desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
Plazo de solicitud
Desde el 02/03/2026 09.00h
Hasta 16/09/2026 20.00h
Por orden entrada de expediente completo
(Hasta agotar crédito)
Sujeto a mínimis



