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Tipo de apoyo

Este programa tiene por objeto establecer apoyar el emprendimiento en economía social y establecer incentivos para el fomento de la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales, con carácter indefinido o a prueba.

El Periodo de incorporación a JORNADA COMPLETA o a TIEMPO PARCIAL (min 50% jornada ordinaria) será desde el 01/10/2025 al 30/09/2026

El Plazo de Justificación de las acciones subvencionadas será hasta 30/10/2026.


Cuantía de la ayuda

  • 000 €/puesto general
  • +25% /cada colectivo específico (acumulativos):

 

  • Mujer
  • Discapacitados o en situación o riesgo de exclusión social
  • Discapacidad con especiales dificultades para inserción laboral (según bases)
  • > 45 años
  • Emigrantes retornados
  • Persona trans
  • Centro trabajo en Concello rural *
  • Cooperativa juvenil
  • Entidad de nueva creación constituida inicialmente con 4 personas o más.

 

Por cada joven incorporado como persona socia trabajadora o de trabajo a prueba la subvención ascenderá a 600€/mes, por un período de entre 6 y 12 meses.

 

Cuando la dedicación de la persona incorporada sea a tiempo parcial o en condición de fijo discontinuo la cuantía máxima de los incentivos previstos se reducirá al 50 %.

 

La cuantía máxima que podrá ser concedida a una entidad beneficiaria por subvenciones con cargo a este programa será de 67.500 €.

 

PRESUPUESTO: 2.800.000€ (Ayuda sujeta régimen MÍNIMIS)


Beneficiario

  1. Podrán acogerse a los incentivos previstos en este programa las cooperativas y sociedades laborales que incorporen como personas socias trabajadoras o de trabajo con carácter indefinido, en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia, a las siguientes personas:
  2. Personas que en el momento de su incorporación sean desempleadas inscritas como demandantes de empleo, como mínimo, un mes antes de la incorporación como persona socia trabajadora o de trabajo.
  3. Personas que en el momento de su incorporación estén vinculadas a la cooperativa o sociedad laboral por un contrato fijo discontinuo.
  4. Personas que en el momento de su incorporación sean socias a prueba de la cooperativa a que se incorporan, siempre y cuando estuviesen desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el momento de incorporarse como tales personas socias a prueba.
  5. Personas que en el momento de su incorporación sean asalariadas de una empresa que se transforme en una cooperativa o sociedad laboral, siempre que no tengan la condición de socias de la empresa transformada.

La incorporación deberá suponer incremento del empleo fijo y del número de personas socias trabajadoras o de trabajo indefinidas de la cooperativa o sociedad laboral beneficiaria de la subvención, respecto al promedio de los últimos 12 meses anteriores a la incorporación de los nuevos socios y socias por quienes se percibe la subvención.

También podrán acogerse a estos incentivos las cooperativas y sociedades laborales que incorporen en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia, como personas socias trabajadoras o de trabajo a prueba, a personas menores de 30 años (o menores de 35 años cuando se trate de personas con discapacidad) que en el momento de la incorporación estén desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.


Plazo de solicitud

Desde el 02/03/2026 09.00h

Hasta 16/09/2026 20.00h

Por orden entrada de expediente completo

(Hasta agotar crédito)

Sujeto a mínimis



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