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Tipo de apoyo

Gastos subvencionables

Línea 1: Estaciones de reparación y puntos de recarga y restauración paisajística.

• Línea 1.1: Dotación de equipamientos y estaciones de reparación para bicicletas y patinetes eléctricos, y puntos de recarga. Se subvenciona la instalación de autoservicios dereparación de bicis y patinetes eléctricos para que los propios usuarios realicen reparaciones
• Línea 1.2: Restauración paisajística de las áreas donde se crean los puntos de recarga. Serán subvencionables las obras de instalación de puntos de recarga eléctrica.

Línea 2: Adquisición de vehículos eléctricos: bicicletas y patinetes eléctricos.

Se subvenciona la adquisición de bicicletas y patinetes eléctricos, destinados ambos al préstamo, para favorecer al visitante la posibilidad de moverse dentro de las instalaciones y espacios vinculados. Se aplicará el límite máximo de 10 bicicletas eléctricas y 10 patinetes eléctricos por establecimiento o bodega.
Deberán estar ubicados en la misma referencia catastral del establecimiento turístico o bodega que solicita la subvención.
Deben cumplir con lo indicado en el etiquetado climático establecido, con el siguiente peso o porcentaje de las siguientes etiquetas climáticas: 073: infraestructura de transporte urbano limpio, con una contribución a objetivos climáticos del 100 %.

Línea 3: Creación e implantación del sistema de gestión de los vehículos eléctricos.

Se subvencionarán los proyectos digitales promovidos por bodegas y establecimientos turísticos de alojamiento para establecer sinergias entre diferentes actores y recursos turísticos del territorio.
Incluye el diseño y puesta en marcha de plataformas, webs, aplicaciones y herramientas diseñadas para ejecutarse en cualquier tipo de dispositivo inteligente, que permita gestionar el funcionamiento de los vehículos eléctricos adquiridos y su comercialización con el objetivo de favorecer actuaciones en el ámbito de la transición digital y en el desarrollo de entornos inteligentes, redundando en la puesta en valor del turismo enogastronómico y en la mejora de la experiencia turística.

Línea 4: Señalética e información de las experiencias creadas con los vehículos eléctricos.

En esta línea se incluyen los procesos de creación y comunicación del producto o del equipamiento turístico con el que se va a dotar el establecimiento con la incorporación del vehículo eléctrico, así como todos los servicios y procesos que lleve consigo la señalización, adaptación y puesta en valor del uso de este tipo de movilidad personal. También se incluyen acciones de mejora y adaptación de los productos turísticos a los diferentes tipos de público así como acciones de comunicación y sensibilización para el uso de este tipo de vehículosen los desplazamientos por los territorios vinculados.
El nuevo producto turístico que se desarrolle se deberá acreditar en la memoria explicativa quese presente con la solicitud y se deberá de incluir en la página web del establecimiento.

PLAZO DE EJECUCIÓN= Desde 05/12/2025 hasta el 30/06/2026 y justificación hasta 30/06/202


Cuantía de la ayuda

80% DEL COSTE TOTAL SUBVENCIONABLE

Inversión mínima 5.000 €.

MÁX 1 SOLICITUD POR ESTABLECIMIENTO

PRESUPUESTO TOTAL: 4.000.000€

LINEA 1.1: 1.625.000 €
LINEA 1.2: 400.000 €
LINEA 2: 920.000 €
LINEA 3: 510.000 €
LINEA 4: 545.000 €


Beneficiario

Las personas físicas y jurídicas (PYMES) titulares de establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos, viviendas turísticas y albergues turísticos situados en el territorio de las cinco denominaciones de origen: DOP Monterrei, DOP Rías, Baixas, DOP Ribeira Sacra, DOP Ribeiro y DOP Valdeorras, inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (REAT).
Asimismo, podrán ser personas beneficiarias las empresas titulares de bodegas. De no estar inscritas en el REAT, se deberán inscribir como recursos turísticos en el REAT antes de la finalización del período de justificación. Las bodegas deberán presentar una memoria y fotos que acrediten que tienen una zona visitable para turistas, con zona de cata y degustación de productos de la zona, museo o sala de exposiciones, recorridos por los viñedos o cualquier actividad que ponga en valor los vinos de la bodega o productos de proximidad.

En el caso de las bodegas, se deberá acreditar la adhesión a alguna de las rutas del vino de Galicia en el momento de solicitar la subvención (con certificación de socia expedida por una de las cinco rutas del vino de Galicia)


Plazo de solicitud

Desde el 15/12/2025 (09:00h) hasta el 16/02/2026 (20:00h)

En concurrencia no competitiva (Por orden de entrada)
(sujeto a minimis)



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