IN848E DISEÑAPYME e IN848D INNOVAPYME (2024)

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Tipo de apoyo

Ayudas dirigidas a PYMES para la financiación de las actividades integradas en planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad y en planes de innovación en procesos y organización. Deberá estar alineado con alguna de las prioridades de la RIS3 para Galicia.

Presupuesto subvencionable entre 50.000 € – 150.000€.

Un presupuesto fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda.

Dos líneas de actuación:

LINEA 1- DISEÑAPYME (IN848E) Planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad.
Tiene un alcance o aplicación en los campos de creación de nuevos productos, diseño de productos o rediseño de existentes, diseño de servicios y experiencias a través de los servicios, y la estrategia de marca y posicionamiento de esta. Así como las actividades de apoyo y asesoramiento en materia de innovación que la complementan. Actividades incluidas:

  • Diseño de producto: Concepción y desarrollo de productos nuevos o rediseño de los existentes (mejora
    substancial desde el punto de vista estético, funcional, técnico/productivo y económico). Los proyectos que se presenten en esta línea deberán exponer el diseño o el rediseño de un solo producto o de una sola gama concreta de producto.
    Se podrán contemplar otras disciplinas de diseño que se interrelacionen para la consecución final del proyecto, como son:

    • Diseño circular: impulsar el diseño circular de cara a conseguir nuevos productos sostenibles
    • Diseño digital: en los casos en los que el diseño del producto suponga el desarrollo de diseños digitales, podrán
      ser incluidos como actividad subvencionable siempre que estén asociados al nuevo producto.
    • Diseño de identidad de producto: los proyectos podrán incluir elementos de identidad gráfica, envase, embalaje y comunicación siempre que estén asociados al nuevo producto.
  • Diseño de servicios y experiencias: Concepción y desarrollo de servicios y experiencias o rediseño de las existentes (mejora substancial desde el punto de vista estético, funcional, técnico/productivo y económico):
    Se podrán contemplar otras disciplinas de diseño que se interrelacionen para la consecución final del proyecto, como son:

    • Diseño digital: en los casos en los que el diseño del servicio suponga el desarrollo de diseños digitales, podrán ser incluidos como actividad subvencionable siempre que estén asociados al nuevo servicio.
    • Diseño de identidad de servicio: los proyectos podrán incluir elementos de identidad gráfica y comunicación
      siempre que estén asociados al nuevo servicio o experiencia.
  • Diseño de marca e identidad corporativa: Formular la identidad corporativa y marca de las empresas y su interrelación con sus productos y servicios y del diseño como parte significativa de ellas. Ej.: Trabajos de identidad visual, packaging, creación de soportes digitales y otros para la estrategia de banding.

LINEA 2- INNOVAPYME: (IN848D) Planes de innovación en procesos y organización.
Conjunto completo y coherente de actividades enfocadas a implementar mejoras significativas en las funciones empresariales relacionadas con la producción, prestación y distribución de productos, bienes y servicios, así como en los métodos organizativos y prácticas comerciales empleadas por la empresa, y que permitan incrementar la capacidad innovadora dando lugar a diferencias sustanciales, no exclusivamente tecnológicas, con las prácticas anteriores.

  • Actividades de innovación: Servicios externos que preparan a las pymes para innovar:
  • Auditoria/ Consultoría en producto/servicios
  • Estudios de viabilidad técnica e industrial, económica o de mercado
    • Protección de la propiedad intelectual
    • Asesoramiento para la transferencia de tecnología
    • Obtención de certificaciones de normas oficiales vinculadas a la actividad innovadora
    • Asesoramiento para la gestión de proyectos colaborativos I+D+i
    • Asesoramiento para el acceso a financiación de innovación
  • Innovación en procesos: Proceso nuevo o mejorado para una o más funciones del negocio, que difieren significativamente del anterior y se ponga en uso por primera vez
    • Métodos de fabricación o producción de bienes y servicios innovadores
    • Sistemas logísticos o métodos de entrega o distribución industrial
    • Métodos de procesamiento de información o comunicación con intensificación tecnológica.
    • Métodos de contabilidad u operaciones administrativas
    • Métodos de Marketing para promoción, embalaje, fijación de precios, posicionamiento del producto o servicio post-venta.
    • Innovaciones en procesos con beneficios medioambientales
    • Tecnologías que conecten con el mundo digital:
      -Realidad aumentada
      -Impresión en 3D
      -Automatización avanzada y robótica
      -Internet de las cosas aplicadas
      -Tecnologías que permiten la comunicación y tratamiento de datos con intensificación tecnológica (excepto las TIC de uso común)
      -Ciberseguridad
      -Tecnologías que faciliten la gestión inteligente de las operaciones, así como el trabajo colaborativo.
  • Innovación en organización: Nuevo método o mejora de una o más funciones relativas a la organización empresarial y sus interacciones que difieren significativamente del anterior y se ponga en uso por primera vez:
    • Diseño y desarrollo de nuevos procesos de organización
    • Validación, a través de pilotos, de nuevas metodologías enfocadas a mejora organizacional, toma de
      decisiones, gestión de recursos humanos y relaciones con el exterior (proveedores, clientes…)
    • Creación de departamentos de innovación de I+D+I

Su duración máxima de cada plan será hasta el 30/09/2025. Además, en la línea 2 los planes deberán tener una duración mínima de 12 meses.

Plazos de ejecución:
Primera anualidad: sólo se admitirán aquellos gastos desde la fecha de solicitud y el 30/09/2024.
Segunda anualidad: se admitirán los gastos realizados entre 01/10/2024 y el 30/09/2025.

Plazos de justificación:
Primera anualidad: hasta el 15/10/2024.
Segunda anualidad: hasta el 15/10/2025.


Cuantía de la ayuda

50% del gasto subvencionable para ambas líneas.

Subvención Min. 25.000 € y Max. 75.000€

 

COSTES SUBVENCIONABLES:

  1. Costes de personal, propio o de nueva contratación, se regirán por el dispuesto en el artículo 9 de esta convocatoria.
  2. Costes de adquisición de propiedad industrial: corresponden exclusivamente a la adquisición de licencias de propiedad industrial, que deberán ser adquiridas u obtenidas de fuentes externas, siempre y cuando la operación se realice en condiciones de plena competencia y sin elemento ninguno de colusión.
  3. Costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del desarrollo del proyecto de diseño y que deberán estar especificados y justificados en la memoria presentada en la solicitud. Los costes de material de oficina y consumibles informáticos no se financiarán en este concepto. Entrarán en este concepto las licencias de software mediante suscripción, pago por uso, o similar. Los costes de material de oficina y consumibles informáticos no se financiarán en este concepto.
  4. Subcontrataciones: aquellas actuaciones contratadas con terceros, que supongan la ejecución de una parte de las actividades incluidas en el plan que constituye el objeto de la subvención. Se regirán por lo dispuesto en el artículo 11 de esta convocatoria. La subcontratación máxima será del 50% de los costes directos elegibles del plan.
    En la línea 1, las subcontrataciones elegibles serán únicamente prestadas en dicha materia por entidades proveedoras de servicios de diseño, profesionales del diseño, estudios de diseño y empresas externas de servicios de consultoría especializadas en las disciplinas de diseño objeto de la convocatoria. El profesional o equipo de profesionales colaboradores externos que presten el servicio deberán disponer de una titulación o reconocimiento en el ámbito del diseño específico en el que participen y contar con una experiencia demostrable superior a 2 años en la prestación de servicios similares a los solicitados por la empresa.
  5. Costes de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, así como la obtención de certificaciones. En lo relativo a las patentes, se incluye la gestión de la tramitación de nuevas patentes, modelos de utilidad y los derechos de propiedad intelectual tanto en España como internacionalmente, excluyendo el mantenimiento o ampliación de las existentes. En lo relativo a la obtención de certificaciones, se aceptarán los costes de normas oficiales vinculadas a los objetivos innovadores presentados en la memoria técnica de la solicitud.
  6. Costes de servicios de asesoramiento en materia de diseño y/o innovación: consultoría y asistencia en los ámbitos de la transferencia de conocimiento, la adquisición, protección y explotación de activos inmateriales, y el uso de normas y reglamentos que los incorporan, así como la consultoría y la asistencia sobre la introducción o la utilización de tecnologías y soluciones innovadoras (incluidas las tecnologías y las soluciones digitales).
  7. Costes de servicios de apoyo en materia de innovación: el suministro o accesos a bases de datos, bibliotecas, estudio de investigación de mercados, laboratorios, etiquetado de calidad, ensayo, experimentación y certificación u otros servicios relacionados –incluidos los servicios prestados por organizaciones de difusión de investigación y conocimientos, infraestructuras de investigación e infraestructuras de ensayo y experimentación u otras agrupaciones empresariales innovadoras, con el fin de desarrollar productos, procesos o servicios más eficaces o tecnológicamente avanzados, incluida la aplicación de tecnologías y soluciones innovadoras (incluidas las tecnologías y las soluciones digitales).

Costes de equipamiento y material instrumental inventariables, de nueva adquisición y no adquirido con fondos o ayudas públicas, en la medida en que se utilicen para las actividades del plan y según su correspondiente amortización.

 

Presupuesto
Linea 1: IN848E Linea 2: IN484D
2024 100.000 100.000
2025 1.400.000 2.900.000
Total: 4.500.00€

Anticipo (por anualidad) 

1ª anualidad: 100%

2ª anualidad: 70%


Beneficiario

Las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las entidades del tercer sector de acción social, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia y válidamente constituidas, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda. Deberán tener capacidad económica, administrativa y financiera. Las entidades del tercer sector deben tener actividad económica y entrar dentro de la categoría económica de pyme indicada en el punto 3 del artículo 2.

EXCLUSIONES:
1- Línea 1: Empresas que ya resultaran beneficiarias del Programa Deseñapeme 2022 o en la línea 1 de la convocatoria 2023 y no habían presentado renuncia expresa a esta con anterioridad a su resolución de concesión.
2- Línea 2: Empresas que ya resultaran beneficiarias del Programa Innovapeme 2021, del año 2022 o de la línea 2 de 2023 y no habían presentado renuncia expresa a esta con anterioridad a su resolución de concesión.
3- Empresas en crisis
4- Las asociaciones, las fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro, a excepción de las entidades del tercer sector de acción social señaladas en el artículo 4 y de conformidad con la definición del artículo 2.
5- Las entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las Administraciones públicas o de la Administración Institucional.
6- Cualquier ente, organismo o entidad con personalidad jurídica propia, que se hayan creado específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos pertenecientes al sector público financien mayoritariamente su actividad, controlen su gestión, o nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia.


Plazo de solicitud

Hasta el 13/03/2024

En concurrencia competitiva (por puntos)



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